El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) del gobierno de España cuenta con prestaciones y subsidios por desempleo para trabajadores que hubieran perdido su trabajo de forma involuntaria. Así gracias al seguro de desempleo estas personas tienen garantizadas diversas ayudas económicas hasta que vuelvan a encontrar empleo.
La primera prestación a la que se podrá acceder será la prestación contributiva por desempleo. Si bien es cierto, para cobrar el paro es necesario tener 360 días cotizados a lo largo de los 6 últimos años. Tras agotar esta ayuda si no se encuentra empleo y se demuestra una vulnerabilidad económica se podrá acceder a los subsidios.
Los subsidios son ayudas asistenciales del Servicio Público de Empleo para personas trabajadoras que siguen sin encontrar empleo y necesitan de una ayuda económica para sufragar sus gastos más esenciales.
Todas las prestaciones y subsidios por desempleo
El SEPE (INEM) publica un listado con todas las ayudas que pueden solicitar las personas que han perdido su empleo y se encuentran en situación legal de desempleo.
Prestación contributiva por desempleo (el paro)
El paro es la prestación contributiva del SEPE a la que se puede acceder teniendo al menos 360 días cotizados por trabajo durante los seis últimos años. Se cobra durante los 180 primeros días el 70 % de la base de cotización y a partir del día número 181, el 50 % de la base reguladora.
Su duración vendrá determinada por el número de meses cotizados. Una forma sencilla de calcular cuanto tiempo se tiene de paro es hacer la regla del 4 por 1. Es decir, por cuatro meses trabajados se tiene un mes de prestación por desempleo.
Esta es la primera ayuda, y tras agotarla si se sigue sin encontrar empleo y tiene una situación de vulnerabilidad económica se podrá acceder a los subsidios por desempleo.
Subsidio por insuficiencia de cotización
Es la ayuda para las personas que no tienen derecho a paro tras no tener el mínimo cotizado. La cuantía será de 451 euros al mes y duración vendrá determinada si se tiene o no cargas familiares. Su duración máxima será de 21 meses.
La ayuda para mayores de 52 años
Las personas desempleadas mayores de esta edad, que tengan al menos 15 años cotizados y que al menos dos se encuentren dentro de los últimos 15 años podrán solicitar la ayuda para mayores de 52 años. Es necesario no tener ingresos superiores a los 723,75 euros.
El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía actualizada a 463,2 euros al mes y su duración será permanente mientras no se encuentre empleo y se siga reuniendo los requisitos que dieron lugar a la ayuda. Importante señalar que es el único subsidio que cotiza a la Seguridad Social de cara a la jubilación.
Subsidio para mayores de 45 años
Para las personas trabajadoras sin empleo, mayores de 45 años y sin cargar familiares podrán solicitar esta prestación. Su duración será de seis meses y la cuantía será el 80 % de Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Si tras agotarlo no se encontrará un empleo, es posible acceder bien a la Renta Activa de Inserción o Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED).
Ayuda familiar
Tras agotar la prestación contributiva y se cuenta con responsabilidades familiares se podrá acceder a la ayuda familiar del SEPE. Esta ayuda tiene una cuantía de 463,2 euros al mes.
La duración dependerá de la prestación contributiva gastada y de si es menor o mayor de 45 años que ira desde los 18 meses hasta los 30 meses. En esta sección se explica cómo solicitar el subsidio por ayuda familiar y los requisitos que debemos de reunir.
Renta activa de inserción
La Renta Activa de Inserción o RAI es junto con el subsidio extraordinario por desempleo una ayuda extraordinaria del SEPE. Es decir, son las ayudas que se pueden pedir como último recurso y tras agotar el resto de subsidios mencionados a excepción del subsidio para mayores de 52 años.
La RAI está destinada a personas desempleadas paradas de larga duración con rentas inferiores al 75 % del salario mínimo interprofesional. Se cobra 463,2 euros al mes durante 11 meses y se puede solicitar hasta un máximo de 3 veces.
Subsidio extraordinario por desempleo
El subsidio extraordinario por desempleo es la última ayuda que puede solicitarse al SEPE. La cuantía de esta ayuda será el igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y su duración es de 180 días, sin posibilidad de solicitar prórrogas en comparación con la RAI.
Existen otras prestaciones que cuentan con un número inferior de solicitudes como son el subsidio para liberados de prisión, emigrantes retornados o la prestación por mejoría de una incapacidad.
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