El mes de julio va a traer muchas novedades en cuanto a prestaciones y ayudas del Gobierno de España. Una de las más importantes es el incremento del 15% de la cuantía del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Muchos se preguntan quiénes son los que van a poder esta subida del IMV en julio de 2022, algo que se ha explicado desde la mencionada administración pública.
Desde que se aprobara hace dos años, muchos son los beneficiarios que podrán cobrarlo. El objetivo por parte del Gobierno es que los hogares españoles tengan un mínimo umbral de ingresos garantizado por el que se evite que caigan en una situación de vulnerabilidad y de exclusión social. Sobre todo por la crisis económica que está atravesando el país desde la pandemia del coronavirus.
Aunque la cuantía ya subió a partir de abril como medida del primer paquete anticrisis por los efectos de la guerra de Ucrania, tenía como fecha de caducidad el mes de julio. Sin embargo, el 25 de junio se celebró un consejo de ministros extraordinario, donde se impulsó un segundo paquete de medidas para dar respuesta a dicho motivo. Uno de los resultados más relevantes cayó en la ampliación del IMV hasta final de año.
Estos serán los posibles beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital con la subida de la cuantía en julio
Desde la Seguridad Social avisan que hay un total de siete grupos de personas por las que se han establecido los criterios para acogerse a la prestación. A partir de ahí se ha elaborado una lista donde se especifica quiénes son esas personas que tienen la posibilidad de solicitar el IMV y pueden convertirse en beneficiarios. Son los siguientes:
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Mayores de 23 años que:
- No estén casados o deben encontrarse en trámites de divorciarse.
- No tengan una pareja de hecho.
- No formen parte de otra unidad de convivencia.
- Si tienen entre 23 y 29 años, debe vivir en España legalmente y de forma independiente durante los 2 años anteriores a la solicitud. Aunque este tiempo no se tendrá en cuenta siempre que se encuentre en una situación de:
- Ser víctima de violencia de género.
- Esté en trámites de separación.
- Si tienen más de 30 años, se deberá vivir durante el año anterior a la solicitud de manera independiente.
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Mujeres que sean mayores de edad (desde los 18 años) y sean víctimas de:
- Violencia de género.
- Trata de seres humanos.
- Explotación sexual.
- Los ciudadanos que tengan entre 18 y 22 años y salgan de centros de protección de menores durante los tres años previos a la solicitud o sean huérfanos absolutos.
- Personas que no tengan un hogar.
- Mujeres que estén cobrando una prestación de servicio residencial, social o sanitario siempre que sean víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos.
¿Cuánto podrán cobrar estos beneficiarios del IMV con la subida en julio?
Como se ha comentado al principio, el IMV ha sufrido una subida de la cuantía a partir de abril. Como a partir de julio esa decisión del Gobierno va a estar vigente hasta el 31 de diciembre, los beneficiarios van a percibir la cuantía que se corresponda, dependiendo de si viven solos o dentro de una unidad familiar. Todas estas cuantías con el aumento del 15% quedan reflejadas de la siguiente forma:
- Un beneficiario: 565,37 euros mensuales.
- Un adulto y un menor: 859,37 euros al mes.
- Un adulto y dos menores: 1.028,98 euros al mes.
- Un adulto y tres o más menores: 1.198,56 euros mensuales.
- Dos adultos: 734,97 euros mensuales.
- Dos adultos y un menor: 904,51 euros al mes.
- Dos adultos y dos menores: 1.074,20 euros mensuales.
- Dos adultos y tres o más menores: 1.243,83 euros al mes.
- Tres adultos: 904,51 euros mensuales.
- Tres adultos y un menor: 1.074,20 euros mensuales.
- Tres adultos y dos o más menores: 1.243,74 euros al mes.
- Cuatro adultos: 1.074,20 euros al mes.
- Cuatro adultos y un menor: 1.243,74 euros mensuales.
- En otros casos: 1.243,74 euros al mes.
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