Con el inicio del nuevo año, son muchas las personas que se preguntan cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital en enero de 2023. Lo cierto, es que la Seguridad Social pagará esta prestación, no contributiva el primer día hábil a mes vencido, pero hay entidades bancarias que apuestan por adelantar el pago.
En final de año trae muchas novedades con respecto al Ingreso Mínimo Vital (IMV). La primera de ellas y más esperada es la revalorización del 8,5% con respecto el IPC interanual e incluido en los Presupuestos Generales de Estado de 2023 (PGE). Otra de las novedades es, que la Seguridad Social actualizará las cuantías conforme al nivel de rentas y muchos beneficiarios podría ser este, el último mes que deje de cobrar la prestación.
Pero de todas ellas, la más importante es saber, qué día se cobra el IMV el próximo mes de enero.
Día de cobro del Ingreso Mínimo Vital
La Seguridad Social paga el Ingreso Mínimo Vital el primer día hábil a mes vencido. Es decir, que la prestación de diciembre se cobrará el 1 de enero de 2023. El problema, es que el 1 de enero, en Año Nuevo y festivo, que al caer en domingo se pasará a lunes, por lo que ¿Qué día se cobrará el Ingreso Mínimo Vital?
Mientras que muchas entidades bancarias pagarán el Ingreso Mínimo Vital el martes, 3 de enero, hay otros bancos que adelantarán el pago al día 30 de diciembre. Por lo que se podrá aprovechar para hacer las últimas compras de fin de año.
Así, estos los bancos que normalmente adelantarán el ingreso del IMV:
- Caixabank
- BBVA
- Banco Santander
- Unicaja
- Deustche Bank
- Abanca
- Bankinter
- Banco Sabadell
- ING
- KutxaBank
- Liberbank
- Cajasur
Este mes no se cobrará la subida del 8,5%
Una cosa que deben saber los beneficiarios de esta prestación es, que en el cobro del Ingreso Mínimo Vital no vendrá implementada la subida del 8,5% incluida en los Presupuestos Generales del Estado. Esto es así, debido a que la mensualidad que se cobra es la correspondiente al mes de diciembre, y en ella no figura todavía la subida.
Ya en la próxima mensualidad, que se percibirá a finales de enero, si contará con la subida aplicada del 8,5%. Pero hay que recordar que posiblemente no llegue a percibir la cuantía que venía recibiendo durante 2022 y esto es, por dos razones.
La primera es, que la Seguridad Social actualiza la cuantías del Ingreso Mínimo Vital conforme al nivel de rentas obtenido el pasado año y reflejadas en la declaración de la Renta. De esta forma, los beneficiarios pueden ver que su prestación aumenta, disminuye o simplemente se deja de percibir el ingreso por superar el umbral de ingresos.
La segunda razón es, que aunque se aumente el ingreso mínimo vital un 8,5% no hay que olvida que hasta este 15 de diciembre de 2022 contaba con un incremento del 15 % y el cual, ya ha dejado de tener valor. Este incremento fue aprobado en el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio con el objetivo para paliar los efectos de la guerra entre la población más vulnerable, teniendo como medida, entre otras, una subida transitoria del 15 % del Ingreso Mínimo Vital y de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez.
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