Tras una vida trabajando, las personas pueden retirarse laboralmente con una pensión de jubilación, que viene a sustituir las rentas del trabajo. Si se cumplen con los requisitos de edad y cotización, se puede solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pudiendo cobrarla de forma vitalicia (de por vida). En cuanto a la cuantía, varía según la base de cotización mantenida en los últimos 25 años, ya que es la que determina la base reguladora que se utiliza para calcular el cobro de la pensión.
Lo primero que hay que saber es que en 2023 las condiciones para jubilarse son más duras. Habrá que tener cotizado, como mínimo, 37 años y 9 meses para pedir la jubilación a los 65 años. Si se tiene menos tiempo cotizado, habrá que esperar a tener cumplidos 66 años y cuatro meses. Del mismo modo, hay que cumplir con el requisito de cotización: tener al menos 15 años cotizados y que dos de ellos se hayan producido en los últimos 15 años naturales.
Si se cumplen estos factores, el solicitante puede pedir la pensión de jubilación al INSS. Pero, ¿cuánto tarda la Seguridad Social en aprobarla? El organismo público tiene 90 días para concederla o denegarla, porque es posible que la solicitud pueda ser rechazada. También se puede dar el caso que, transcurrido dicho plazo de tiempo, no se haya recibido ninguna respuesta. De ser así, se entiende que la petición de la pensión ha sido denegada por silencio administrativo.
Qué hacer si la Seguridad Social deniega la pensión
Cuando pensión de jubilación ha sido denegada, se puede presentar una reclamación administrativa en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para ello, se dispone de los siguientes plazos de tiempo:
- Si el INSS ha contestado dentro de los 90 días comunicando que la prestación ha sido rechazada: se tiene un periodo de 30 días desde que se recibe la notificación.
- Si han pasado 90 días y no se ha obtenido respuesta: se tiene un plazo de 30 días desde que se cumplió el periodo de 90 días.
Tras presentar la reclamación, la Seguridad Social tiene que contestar en, como máximo, 45 días. Si, después de este tiempo, no se ha recibido ninguna notificación o aviso del organismo se vuelve a entender que la pensión ha sido rechazada. En este caso, quedaría un último recurso: recurrir a la vía judicial.
Reclamación por la vía judicial si rechazan la pensión
Si deniegan la reclamación, se puede presentar una demanda contra el INSS ante el juzgado de lo Social, siempre que se formule en un plazo de 30 días desde que se notificó el resultado de la reclamación o desde que se cumplen los 45 días si no se ha recibido ninguna respuesta.
Si admiten la demanda, el INSS tiene que enviar al juzgado toda la documentación sobre la solicitud de la pensión de jubilación, pues debe probar por qué no se tiene derecho a cobrarla. Será el juez el que estime o no la demanda, es decir, quien determine si se puede cobrar o no. Si éste volviera a denegarla, posicionándose en favor de la Seguridad Social, solo quedaría acudir al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma y, como última opción, al Tribunal Supremo.
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