
Cuando se va a acercando la pensión de jubilación, las personas con 60 años o más comienzan a hacer cálculos de cuánto les va a quedar de paga contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Muchos son conscientes de que la cuantía que van a recibir no es muy alta. Ante este temor, la Seguridad Social avisa de que hay otra razón que muy pocos caen y por la que se deberá ahorrar si falta poco para el retiro del mercado laboral.
Hay que recordar que la mencionada pensión no siempre llega a los 65 años, con la edad ordinaria, o a los 66 años y dos meses, con la edad legal. La administración pública recoge una serie de casos en los que se puede dar una jubilación anticipada entre los 61 y los 65 años. Pero, ¿qué ocurre en ese tiempo en el que no se tiene el suficiente dinero para tener un colchón económico con el que afrontar, por ejemplo, una pensión con una cuantía baja?
¿Cuál es la razón por la que se tiene que ahorrar cuando falta poco para la jubilación?
Como se ha mencionado, la jubilación antes de la edad ordinaria puede ser un hecho, pero hay que tener en cuenta este aviso de la Seguridad Social. Tanto si se acoge a una jubilación anticipada forzosa o voluntaria, el pensionista va a tener que hacer frente a unos coeficientes reductores hasta el último momento en la que figure como beneficiario.
Se va a explicar con un ejemplo. Una persona está trabajando, a los 63 años es despedido de su empresa y decide solicitar la pensión. Realmente, no es una jubilación anticipada involuntaria a los 61 años, con una serie de motivos específicos que la provocan. A partir de los 63, el trabajador es libre de cobrar una pensión de jubilación voluntaria, siempre que haya cotizado 37 años o más para dicha ayuda contributiva.
En este caso, el INSS va a aplicar a la cuantía que le pertenece unos coeficientes reductores que van a hacer que se reduzca en un porcentaje concreto. Y esta es la razón por la que se debe ahorrar cuando falta poco para la jubilación. Pero, ¿a qué coeficientes reductores se enfrenta?
Coeficientes reductores jubilación anticipada voluntaria
Para los trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados, la reducción será de:
Entre un 5,87% y un 21% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
Entre un 3,26% y un 5,5%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para los trabajadores de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses de cotización:
Entre un 5,60% y un 19% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
Entre un 3,11% y un 5,25%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para los trabajadores que hayan cotizado entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses:
Entre un 5,33% y un 17% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
Entre un 2,96% y un 5%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Para los trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados:
Entre un 5,07% y un 13% si el adelanto se produce entre dos y un año antes.
Entre un 2,81% y un 4,75%, si el recorte se produce entre un año y un mes.
Cómo se puede ahorrar hasta alcanzar la jubilación
Actualmente, la Seguridad Social permite cotizar y ahorrar sin trabajar. ¿Esto cómo es posible? A través de los convenios especiales que recoge este organismo público. Estos ofrecerán la posibilidad de abonar una cuota mensual, equivalente a una cotización mensual, como si estuvieran trabajando.
¿Qué tipos de convenios especiales a la Seguridad Social hay?
En 2022 existen hasta 6 convenios especiales a la Seguridad Social, aunque generalmente, los trabajadores se suelen acoger al convenio general. Corresponden con los siguientes:
- Reducción de jornada.
- Convenio para contratados a tiempo parcial.
- El que cubre el subsidio para mayores de 52 años.
- Para situaciones especiales de huelga o cierre patronal.
- El destinado a cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia.
- El de cese en las prestaciones de actividades o servicios.
Otra forma de cotizar sin trabajar es mediante el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Eso sí, previamente deberán hacer agotado el paro del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se presencian una carencia de rentas podrán cobrar la ayuda de 463,21 euros mensuales, además, esta es la única que cotiza para la pensión de jubilación por el 125% de la base mínima vigente.
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