
Una de las mayores preguntas que se hacen los pensionistas y jubilados es la de ¿Puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital? Y a pesar de la creencia de que estos no pueden compatibilizar la prestación no contributiva junto a una pensión de la Seguridad Social hay que decir que sí. Sí se puede, solo que en algunos casos concretos.
El derecho a acceder nace cuando la persona ya es pensionista y cumple con una serie de requisitos obligatorios para cobrar su ayuda contributiva junto al complemento del IMV. Además, tendrá que cumplir con las condiciones de solicitud de ambas, ya que no basta con una sola.
Específicamente, la Seguridad Social explica que hay dos casos en los que los pensionistas pueden acceder al complemento del IMV, eso sí, nunca se podrán cobrar al mismo tiempo y ni si la persona está cobrando una pensión no contributiva del Imserso.
¿Cuándo puede cobrar un pensionista el Ingreso Mínimo Vital?
Únicamente existen dos motivos por los que un pensionista puede acceder al cobro de una pensión que ha sido concedida por la administración pública y a la prestación no contributiva que otorga también la Seguridad Social, el IMV. Estos casos son dos:
- Los pensionistas que estén cobrando una incapacidad permanente.
- Los trabajadores que disfruten de una jubilación anticipada.
La razón por la que sí que pueden tener acceso a ella no es otra que no haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, los 65 años. Uno de los principales requisitos a la hora de solicitar el IMV es que los perceptores se encuentren en una horquilla de edad comprendida entre los 23 y los 65 años. Por tanto, si se recibe una incapacidad permanente o la persona se ha prejubilado, se tendrá derecho a compatibilizar ambas situaciones.
Jubilación anticipada antes de los 65 años
Cuando se tenga menos de 65 años y las persona se haya prejubilado puede solicitar sin problema el Ingreso Mínimo Vital en caso de que necesite una renta garantizada que lo complemente su pensión. Esto se puede dar en los casos donde al abandonar el mercado laboral, la cuantía a recibir se hubiera visto penalizada severamente por unos coeficientes reductores.
Y es que por más que se quiera cobrar una jubilación antes de tiempo con la cuantía máxima, nadie está libre de tener que enfrentarse a dichas penalizaciones. Así que hay que ser bastante astuto para retirarse con el mayor dinero posible de la actividad laboral y no tener que recurrir a ayudas que alivien la aplicación de esos coeficientes.
Pensión de incapacidad permanente
Únicamente dos tipos de pensionistas son los que tienen el derecho de acceso a compatibilidad pensión y ayuda cuando tienen una minusvalía: los beneficiarios de la pensión por incapacidad permanente en el grado total o absoluta. El motivo es porque tuvieron que dejar el mercado de trabajo por enfermedad o accidente de forma obligatoria antes de alcanzar la edad de jubilación. La Seguridad Social confirma que se cumplir con el requisito de la edad fundamental para el acceso al IMV.
¿Cuánto dinero cobra el pensionista con el Ingreso Mínimo Vital?
En estos casos es fundamental echar un vistazo al número de convivientes que forman parte de la unidad familiar del jubilado o pensionista. Esta cuantía podrá variar en función de si vive solo o dentro de una familia. Para ello es necesario conocer el patrimonio del que dispone el solicitante porque sirve como límite para cumplir con el requisito de carencia de rentas. En función de las personas podrá ir de los 16.614 euros hasta los 43.196,4 euros al año.
Si con el cobro de la pensión no supera la cuantía límite establecida, tendrá derecho a esa renta garantizada, es decir, al dinero que hay de diferencia al restar el límite máximo de su unidad familiar a la cuantía que recibe de pensión. Eso es el dinero que cobrará el pensionista con el Ingreso Mínimo Vital.
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