Los nuevos jubilados buscan que en el momento de llegar su pensión esta sea lo más alta posible y a ser posible poder cobrar el 100%. Hay circunstancias en la vida de los trabajadores que no permiten llegar a la edad legal de jubilación, ya sea de manera voluntaria o involuntaria. Pero, que pasa cuando falta unos años para el retiro ¿Cuál sería la pensión máxima a las personas que deciden jubilarse de forma anticipada a los 63 años?.
Según los datos aportados por la Seguridad Social, en España, la jubilación anticipada a los 63 años es el tercer tramo más numeroso para este 2022. Además, según refleja este estudio, los nuevos jubilados suelen tener una pensión mayor que la media. Así, la pensión media de jubilación se situaba en los 1.254 euros por los 1.364 euros mensuales que cobran las nuevas altas.
Hay que tener en cuenta que las pensiones se encuentran topadas por una cuantías máximas. Es decir, aunque los trabajadores que se jubilen antes de tiempo y sus cotizaciones sean muy elevadas, estas no pueden superar de la cuantía máxima fijada en 2022, que se sitúa en los 2.819,18 euros mensuales en 14 pagas que hacen 39.468,52 euros anuales. Esta normativa viene regulada en el Boletín Oficial del Estado y legislada según el Real Decreto 65/2022, de 25 de enero.
Cómo se calcula la cuantía de la pensión de jubilación a los 63 años
Los trabajadores tienen dos formas de acceder a la jubilación anticipada a los 63 años, por voluntad propia del trabajador o de forma involuntaria. En la modalidad voluntaria o, por voluntad del trabajador, será necesario contar con 37 años y seis meses cotizados a la Seguridad Social (lo cual deja su edad de jubilación ordinaria en los 65 años y permite adelantarlos hasta un máximo de dos años).
En las jubilaciones anticipadas involuntarias o prejubilaciones son aquellas en las que no entra la voluntad del trabajador. Algunas de las situaciones que puede provocar esta situación puede ser un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) o una regulación en la plantilla.
Sea cual sea el caso, el método para calcular la cuantía de la pensión será el mismo, pero los coeficientes reductores que se apliquen serán diferentes. En las voluntarias estas penalizaciones suelen ser mayores.
Para calcular la cuantía de una pensión con jubilación anticipada se deberá sumar las bases de cotización de los 25 años previos al retiro (300 meses) y dividirlo entre 350 para obtener la base reguladora. En este cálculo se puede incluir la integración de lagunas (periodos que se trabajó, pero no se cotizó).
Para tener garantizado el 50% de la pensión será necesario que el trabajador cuente como mínimo con 15 años cotizados (180 meses). Seguidamente, por cada uno de los siguientes 106 meses incrementará la pensión en un 0,21%. Los siguientes 146 meses aumentará un 0,19%.
Los trabajadores que cuenten con 36 años cotizados tendrán derecho al 100% de la base reguladora. En 2023, esto cambia y será necesario contar con 36 años y seis meses cotizados para percibir el 100% de la base reguladora.
Ahora bien, a esta cantidad habrá que aplicar los coeficientes reductores de la pensión que sirven para compensar ese adelanto en la jubilación. Estos coeficientes fueron introducidos en la reforma de las pensiones del ministro de la Seguridad Social, Jose Luis Escrivá. Estas penalizaciones se aplican por cada mes y las personas que se jubilan de forma anticipada serán mayores o menores dependiendo de, si fue voluntaria o involuntaria.
Cuáles son los coeficientes reductores de la pensión
Los que decidan jubilarse anticipadamente a los 63 años deberán hacer frente a las penalizaciones impuestas por la Seguridad Social. Estas irán dependiendo de si es voluntaria o involuntaria, la edad del trabajador y los años cotizados.
Jubilación anticipada voluntaria
Con 38 años y seis meses cotizados:
- Entre un 5,87% y un 21%, cuando el adelanto es entre dos y un año antes.
- Entre un 3,26% y un 5,5%, cuando el adelanto es entre un año y un mes.
Entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses de cotización:
- Entre un 5,60% y un 19% cuando el adelanto es entre dos y un año antes.
- Entre un 3,11% y un 5,25%, cuando el adelanto es entre un año y un mes.
Entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados:
- Entre un 5,33% y un 17% cuando el adelanto es entre dos y un año antes.
- Entre un 2,96% y un 5%, cuando el adelanto es entre un año y un mes.
Trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados:
- Entre un 5,07% y un 13% cuando el adelanto es entre dos y un año antes.
- Entre un 2,81% y un 4,75%, cuando el adelanto es entre un año y un mes.
Jubilación anticipada involuntaria
- Trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados las reducciones irán desde 22,50% al 5,87%.
- Trabajadores con cotizaciones entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses, las reducciones irán del 21% al 5,60%.
- En trabajadores con 41 años y seis meses y 44 años y seis meses cotizados, las reducciones irán del 19,50% al 5,33%.
- En trabajadores de más de 44 años y seis meses cotizados, las reducciones irán del 18% al 5,07%.
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