Las claves de la nueva Ley de Servicios Sociales: ¿en qué consiste?

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de una ley pionera a nivel estatal y que pretende equipararse a las de educación y sanidad. Según el Ministerio de Asuntos Sociales, modernizará un sistema “precarizado y debilitado”.

Las claves de la nueva Ley de Servicios Sociales: ¿en qué consiste?
Doctora atendiendo a un paciente
Javier Martín

La Ley de Servicios Sociales, que apunta a revolución, está a un paso de ser realidad. La novedosa legislación, pionera en España a nivel estatal y que pretende equipararse en cuanto a funcionamiento, homogeneidad territorial y efectividad a la de la educación o sanidad, ha visto como el Consejo de Ministros aprobaba este martes el anteproyecto de ley elaborado por el Ministerio de Servicios Sociales y Agenda 2030.

Como ha adelantado la líder de la cartera ministerial, Ione Belarra, viene a modernizar unos servicios sociales “precarizados y debilitados” aún más con las crisis financieras de 2008 y la del COVID-19, en comparación con otros países europeos. Una problemática común es el limitado número de trabajadores del que es considerado uno de los pilares del estado de bienestar, que se ven sobrepasados por la avalancha de solicitudes, demorando procesos y ayudas urgentes en la gran mayoría de los casos.
 
"Se ha incrementado la demanda de servicios sociales -indica el texto-, lo que ha terminado consolidando, en algunos territorios, unos servicios sociales centrados en paliar y no en transformar, orientados a la emergencia o a los casos más graves, y sobrecargados con funciones propias de otros sistemas de protección que han sido incapaces de atender, en el marco de sus competencias, las necesidades de la población más vulnerable: vivienda, educación, empleo, salud, garantía de ingresos, etc.La combinación de estos elementos deriva en unos servicios sociales precarizados y debilitados, tensionados por la presión asistencial y en el que los niveles de satisfacción, tanto de los y las profesionales como de las personas usuarias, son susceptibles de mejora", señala el propio texto.

Claves de la nueva Ley de Servicios Sociales

La nueva Ley dará la potestad a las autonomías a acordar los estándares de calidad, a crear un sistema de información estatal, a facilitar el proceso para recibir ayudas de emergencia y a ‘desburocratizar’ unos servicios sociales más personalizados. Asimismo, se creará un catálogo de prestaciones y servicios esenciales que deberán garantizarse en todo el país. Estas son las principales claves:

  • Aceleración del proceso judicial: se pretende traspasar los litigios de los Servicios Sociales pase de la jurisdicción contencioso-administrativa a lo social, más rápida.
  • Una única historia social: una base de datos que recogerá expedientes unitarios para que todas las administraciones competentes puedan acceder.
  • Ayudas de emergencia más rápidas. Habrá una regulación específica en la Ley de Subvenciones, que será negociada entre Hacienda y Servicios Sociales en los próximos seis meses, y que permitirá simplificar y agilizar los trámites que los colectivos en situación de vulnerabilidad o urgencia social cobren las ayudas a las que opten para paliar situaciones de emergencia sin demoras. Al respecto, también se creará una red de sistemas de servicios sociales “para conseguir que estos sean menos asistencialistas y reducir las diferencias que hay en la atención a lo largo del territorio”.
  • Sistema de información estatal de servicios sociales: Se creará una plataforma que contendrá los datos, anónimos y de acceso para todo el mundo, de los servicios públicos nacionales. Servirá para radiografiar la situación actual de las administraciones e impulsar la cooperación. La Confederación Sectorial decidirá la información que entra.
  • Glosario común de servicios: Recogerá un índice de prestaciones mínimas en todo el territorio nacional: nombre del servicio, actuaciones, beneficiarios, forma de acceso o requisitos. También incluirá el número de profesionales que deben ocuparse de cada actividad, su especialización o intensidad.
  • Movilidad territorial: Los servicios básicos o prestaciones de los que es beneficiario cada persona se mantendrán a pesar de que se produzca un cambio de residencia a otra autonomía, ya sea de forma temporal o permanente. Para ello, la Administración General habilitará un sistema para el intercambio de información, tal y como ocurre con la información sanitaria o educativa.
  • Servicios sociales considerados como esenciales: Será un derecho la atención integral e interdisciplinar por un equipo básico formado “por profesionales del trabajo social, la educación social y la psicología” para todas las personas en situaciones de emergencia. Se tendrá pleno acceso por parte de los usuarios a su información personal y se elimina el tiempo mínimo de empadronamiento o residencia para acceder a cualquier ayuda esencial. Tampoco se podrá excluir de un servicio a causa de razón económica.

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