
Los funcionarios de la Administración General del Estado empezarán este 2024 con grandes cambios. Tras la aprobación del Gobierno de la nueva Ley de Función Pública, su sistema de retribución va a cambiar. Bien es cierto que lo más comentado de la norma ha sido la nueva evaluación por desempeño, pero la normativa contempla también beneficios en lo que se refiere al sueldo de estos empleados públicos.
En primer lugar, los funcionarios podrán tener “ascensos salariales” sin tener que cambiar de puesto de trabajo. Lo harán mediante un nuevo complemento de carrera que se podrá recibir a través de la carrera horizontal. Esta consiste en un sistema de ascenso por tramos consecutivos por el que no hay que pasar oposiciones de promoción, sino que el aumento salarial se recibe sin tener que promocionar.
Este sistema de tramos tiene el objetivo de reconocer el desarrollo profesional de los funcionarios, y se definirán como etapas sucesivas de reconocimiento del desarrollo profesional resultado “de una evaluación objetiva y reglada”. Aunque todavía se debe conocer su desarrollo reglamentario, sí que se conoce que para estos ascensos se van a tener en cuenta los siguientes factores:
- La trayectoria profesional.
- Los resultados de la evaluación del desempeño.
- El cumplimiento de un itinerario de formación.
- Si la hubiera, la participación en actividades de gestión del conocimiento, docencia o investigación.
En el caso del personal laboral, también se produciría un aumento salarial, pero en función de la normativa específica. Son solo los funcionarios los que van a cobrar el nuevo complemento de carrera.
Cuatro tramos consecutivos de ascenso
El sistema de ascenso por tramos, sin cambio de puesto de trabajo, se va a componer de cuatro escalones consecutivos por los que podrá ir pasando el funcionario a lo largo de su carrera profesional. A cada uno de estos escalones, le corresponderá un complemento, aunque se exige unos tiempos mínimos para ello: para acceder al primero, habrá que tener cinco años de carrera y, para ir pasando por el resto, pedirán seis.
Para acceder a ellos, es el funcionario quien debe solicitarlo, y la ventaja que presenta el sistema es que se consolidan, esto es, se guardan, aunque el empleado ascienda dentro de la Administración. Así pues, aunque los funcionarios se presenten a un sistema de promoción interna, y cambien a un puesto superior, mantendrán los derechos adquiridos en cada tramo.
Sobre la cuantía de este complemento, lo único que se sabe hasta el momento es que se determinará según el nivel de la administración en el que se encuentre el empleado público. Y, previsiblemente, entrará en vigor en enero de 2024.
Segundo plus salarial: complemento de desempeño
Junto al explicado complemento de carrera, los funcionarios podrán acceder también al complemento de desempeño, que sí está vinculado a las nuevas evaluaciones que han entrado en vigor y que son obligatorias. En concreto, la ley de Función Pública explica que estas evaluaciones tendrán “efectos directos” en la “percepción de retribuciones complementarias de carácter variable”.
¿Cómo serán esos efectos? Los funcionarios de la Administración del Estado que superen estas evaluaciones de desempeño cobrarán un complemento de desempeño variable, que sustituye al anterior complemento de productividad. Se activará una vez que se implementen los modelos de evaluación. De nuevo, como ocurre con el de carrera, en el caso del personal laboral este plus se regulará en función de los convenios colectivos y la normativa específica de aplicación.

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