El Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a un médico que, durante 27 años, ejerció como interino y que solicitó al Gobierno de Aragón el reconocimiento de la carrera profesional: un complemento económico basado en la experiencia, responsabilidad, dedicación y formación adquiridas durante el tiempo de servicio y que sí cobra el personal fijo, solicitando el interino igualdad de condiciones.
Mediante una sentencia pionera, de diciembre de 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón reconoció al médico su derecho a acceder a la carrera profesional. Pero el Gobierno de Aragón recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, que ahora inadmite el recurso “por ausencia de interés casacional para la formación de jurisprudencia”, recordándole que este asunto ya se ha tratado y resuelto en otras sentencias.
La doctrina del Supremo es clara y fue manifestada en una sentencia del 8 de febrero (153/2023), como recoge ‘Confilegal’, donde se dictó que “la exigencia de que el personal interino tome parte y supere en su caso los procesos selectivos abiertos para ocupar plaza con carácter definitivo no constituye una causa objetiva que justifique el distinto trato con respecto al personal estatutario fijo en la progresión profesional del sistema de carrera”.
Es decir, los interinos tienen derecho a acceder al sistema de carrera profesional, y cobrar este complemento, sin que hayan tenido que pasar por procesos selectivos para ocupar una plaza con carácter definitivo. La doctrina del Supremo es que, sobre este asunto, deben ser tratados de la misma forma que el personal fijo.
El TS argumentó entonces que “no existen razones objetivas que justifiquen la diferencia de trato ni de condiciones de trabajo. Entre estas figura la carrera profesional, definida como el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad en la administración pública”.
Esto es, que no existe una razón justificable por la que el personal interino y el fijo deban tener oportunidades diferentes respecto al progreso profesional, incluyendo este complemento. De ese modo, el citado médico percibirá la cantidad que le hubiera correspondido por este complemento desde que puso la reclamación, en noviembre de 2026, hasta que se jubiló, que equivale a cerca de 14.000 euros.
Una sentencia que abre la puerta a miles de reclamaciones
El abogado que ha llevado este proceso, Alberto de la Cruz, ha señalado a Confilegal que el hecho de denegar la carrera profesional a los interinos “era una discriminación entre dos tipos de personal -el fijo y el temporal- que realizan las mismas funciones, asumen las mismas responsabilidades y, sin embargo, cobran diferente”.
Con la resolución del Tribunal Supremo, se abre una vía de reclamación en Aragón por la que miles de interinos podrán reclamar para que se les reconozca este derecho. Sin embargo, como ha declarado el letrado para el ‘Heraldo de Aragón’, “aunque no debería ser así, la DGA no reconocerá las carreras profesionales, salvo que se lo ordene un juez o se negocie con los sindicatos”, por lo que es probable que estos trabajadores tengan que recurrir a este proceso si quieren cobrar el complemento, que en Aragón supone un plus mensual de entre 322 y 897 euros para los licenciados sanitarios y de entre 226 y 601 euros para los diplomados, dependiendo de los años de servicio.
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