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Fecha clave para los interinos: este octubre el Abogado General del TJUE se pronunciará sobre si España debe hacerlos fijos

Aunque no tiene carácter vinculante, se trata del paso previo a la resolución del TJUE sobre la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo.

Un grupo de interinos durante una manifestación
Un grupo de interinos durante una manifestación |EFE (Archivo)
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:
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El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea va a emitir el próximo 9 de octubre sus conclusiones sobre si España está obligada a convertir en fijos a los interinos que llevan años encadenando contratos temporales en las administraciones públicas. El Abogado se pronunciará sobre esta cuestión a raíz de una cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Supremo el pasado año, con la que buscan aclarar la situación de los interinos de larga duración.

En concreto, si su doctrina jurisprudencial, que niega el reconocimiento de fijos a los interinos que no han superado un proceso de selección conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación, recogidos en los artículos 14 y 103.2 de la Constitución Española y el artículo 14.2 del Tratado de Funcionamiento de la UE, es contraria a la cláusula 5 del Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada. 

Hay que señalar que las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no son vinculantes, esto es, que no existiría una obligación legal de cumplirlas con las mismas, pero sí que suele adelantar el criterio del TJUE, que sí sería vinculante. De hecho, cuando el Supremo presentó su cuestión prejudicial, aseguró que, como han hecho siempre, seguirían lo dictado por la justicia europea.

Lo que cuestiona el Supremo en su cuestión prejudicial

Todo este tiempo, el Tribunal Supremo ha defendido que no puede convertir en fijos a los interinos de forma automática aunque hayan sufrido contratos temporales abusivos, uniendo uno con otro durante años, ya que esto iría en contra de los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación recogidos en la Constitución Española, y que rigen los procesos de acceso de la función pública.

Con esta cuestión prejudicial, el Alto Tribunal pregunta al TJUE si esta doctrina es conforme al Derecho de la Unión Europea o es contraria a la cláusula 5 del Acuerdo marco sobre el trabajo de duración determinada, que obliga a los Estados miembros (como España) a prevenir y sancionar de forma efectiva los abusos de la contratación temporal.

Asimismo, el Supremo también plantea si un aumento de la indemnización por despido, actualmente fijada en 20 días de salario por año trabajado, sería una medida “adecuada y suficiente” para cumplir con la normativa europea en la prevención y sanción de los abusos derivados de la utilización sucesiva e indebida de los contratos temporales en el sector público.

Cabe recordar que, esta cuestión prejudicial, llegó después de una sentencia del TJUE, donde este tribunal determinaba que España no había actuado correctamente para disuadir a las Administraciones Públicas del abuso de la contratación temporal y que, una posible solución, podría ser “la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos”. Meses después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) insistió en una segunda sentencia que los interinos de larga duración, que llevan años encadenando un contrato con otro, debían ser considerados fijos.