El Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos protegen y regulan los derechos de los empleados en España. Si bien es cierto que la empresa puede reducir el sueldo de sus trabajadores por razones económicas, esto no puede hacerse de forma individualizada, es decir, a un único trabajador. Sin embargo, incluso las empresas más grandes y mediáticas pueden llegar a situaciones como esta.
David Cantero, el presentador de los informativos de la noche en Telecinco, ha querido aclarar públicamente el motivo real de su salida de la cadena. Lejos de una jubilación voluntaria o de un acuerdo pactado, fue un despido derivado de una propuesta individual de rebaja salarial que él mismo considera “absolutamente sorpresiva, injustificada y sin venir a cuento”.
Según su propio testimonio en el programa Sr. Wolf Podcast de Juan Ramón Lucas, la dirección le comunicó que “lo que se me propone es bajarme el salario, cosa que me parece muy irregular para mí y para cualquier trabajador. Tú tienes un contrato, tienes un salario, tienes unas condiciones y eso es sagrado”. Cantero recalca que, en ningún caso, se trataba de una medida general, sino una exigencia dirigida únicamente a él. “Otra cosa, como yo les dije, que vais a hacer una especie de petición a todos vuestros trabajadores, una bajada de salario general, un esfuerzo generalizado, porque la empresa va mal… pero ¿por qué me pides que me baje el salario solo a mí?”, explica.
Ante su negativa, la conversación dio un giro. “Me pides que me baje el salario, no me lo voy a bajar. O sea, bájamelo. Tú sabes que es ilegal. Vamos a ir al juicio, esa fue mi respuesta”, relata el periodista. Fue entonces cuando desde la empresa le ofrecieron buscar una salida pactada. “Bueno, ¿y si te diéramos una salida?”, le plantearon. Cantero, rotundo, recuerda: “Hacerme una propuesta y si me interesa me voy. Y fue inmediato. A la mañana siguiente me llamó la directora de personal. Tuvimos una primera conversación y en una semana, en cinco días de tira y afloja, de llegar a un acuerdo digno y conveniente, pues firmé los papeles y además me fui”.
A pesar de que desde la cadena se intentó transmitir que su marcha respondía a una jubilación, el propio Cantero ha desmentido tajantemente esta versión en el programa de Carlos Herrera en COPE: “Aquello se vendió como que yo me jubilaba. Dije, ‘No, no, no me jubilaba. Esto ha sido un despido, un despido pactado, un despido como se le quiera llamar, pero yo no me voy porque me haya jubilado. Yo pensaba seguir trabajando unos años más’”. Tan claro lo tenía, que no dudó en acudir al SEPE: “Me fui al paro, fui a mi oficina del paro, me apunté en el SEPE este y nada”.
Sobre su futuro profesional, Cantero asegura que está abierto a nuevas oportunidades y que ya valora diferentes propuestas: “Estoy en el mercado estudiando varias ofertas muy interesantes que me han hecho. Pues es verdad que me han llegado unas cuantas ofertas, algunas te digo muy interesantes”.
De hecho, hace poco ha confirmado que vuelve a RTVE 15 años después, sustituyendo a Lourdes Maldonado al frente de las tardes de RNE.
¿Qué dice la ley?
El Estatuto de los Trabajadores regula de forma estricta la bajada de salario a los empleados. El artículo 41 establece que la empresa solo puede modificar las condiciones económicas del contrato, incluido el sueldo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción debidamente justificadas. Estas modificaciones, además, deben aplicarse de forma colectiva, no de manera individual, como es el caso de David Cantero.
Para que una reducción salarial sea legal, la empresa debe justificar claramente la causa y comunicarlo con al menos 15 días de antelación, abriendo un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores. No se puede imponer de manera unilateral ni por decisión arbitraria.
Si la rebaja no está debidamente motivada o se hace solo a un trabajador, el empleado puede impugnar la decisión ante los tribunales. Además, la ley no fija un porcentaje máximo de rebaja, pero sí establece que nunca podrá bajar el salario por debajo del Salario Mínimo Interprofesional, y que cualquier modificación debe ser razonable y proporcional a la situación real de la empresa.
Por último, si el trabajador no está de acuerdo con la bajada, puede solicitar la extinción de su contrato y acceder a una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 9 mensualidades, tal como recoge la ley.

