El derecho a cuidar de un hijo gravemente enfermo se está negando o limitando en España dependiendo de la profesión de los padres. Es un drama que están viviendo cientos de familias que se han unido para acabar con esta injusticia. Y que ahora estarían un paso más cerca de conseguirlo.
Actualmente, se puede pedir una reducción de jornada de, como mínimo, el 50% y sin recorte salarial para cuidar de un hijo con cáncer u otra enfermedad grave. En la Seguridad Social, para los trabajadores asalariados y autónomos, es lo que se conoce como la prestación para el ‘Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave’, la CUME; mientras que para los funcionarios y empleados públicos se recoge como un permiso retribuido en el artículo 49. e) del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).
Sin embargo, no funciona igual en ambos casos. En el de los asalariados, las retribuciones corren a cargo de la Seguridad Social como una prestación, mientras que en la de los funcionarios son con cargo íntegro a la administración donde se está trabajando. Esto, unido a la falta de desarrollo reglamentario (o desarrollos) para este segundo colectivo, está provocando grandes problemas y limitaciones a la hora de acogerse a esta reducción.
El motivo es que su concesión (concederlo o no) y su modo de ejecución está dependiendo de forma arbitraria de cada administración pública e incluso de cada puesto de trabajo. No existe un marco normativo que les proteja, como sí ocurre con los asalariados. Y ahí está la solución, como trasladaron varias familias afectadas a ‘NoticiasTrabajo’: crear un desarrollo reglamentario común y uniforme en toda España que garantice que en todos los casos exista una seguridad jurídica. Algo que ahora está más cerca de conseguirse.
Abierto a consulta pública un proyecto de Real Decreto para el desarrollo del permiso
El Ministerio de Función Pública ha abierto, hasta el 31 de julio de 2024, el plazo de consulta pública del proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla este permiso por cuidado de hijo menor, afectado por cáncer u otra enfermedad grave recogido en el mencionado artículo 49.e) del TREBEP.
El objetivo de esta consulta es “recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma; y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias”.
En este caso, en la publicación de esta consulta, se reconoce que actualmente “existen varios elementos configuradores de esta reducción de jornada que están indeterminados en la norma básica” y que “el desarrollo normativo de las previsiones del artículo 49 e) TRLEBEP es crucial para eliminar la indeterminación actual y establecer un marco claro y preciso para la acumulación de la reducción de jornada en jornadas completas, la determinación de la reducción máxima de jornada, así como otros aspectos relacionados con el disfrute de esta reducción de jornada”, lo que “permitirá una aplicación más justa y coherente de la normativa y garantizando una mayor certeza y seguridad para todo el personal funcionario”.
Es por ello que la finalidad del Real Decreto, que pretende sacar adelante el Gobierno, es “llevar a cabo el desarrollo exigido por el artículo 49 e) TRLEBEP, activando medidas como la acumulación de la reducción de jornada en jornadas completas; clarificar los elementos configuradores de este permiso”; u “ofrecer certidumbre con respecto de las posibilidades y modalidades de disfrute del permiso”.
Cabe recordar que, el pasado mes de mayo, tanto el Partido Popular (PP) como Coalición Canaria, presentaron respectivamente una Proposición No de Ley (PNL) que fueron aprobadas por unanimidad. Ningún partido se opone a la creación de este marco unificado para que cientos de familias, con hijos gravemente enfermos, puedan acogerse a este permiso sin ninguna limitación o discriminación por el hecho de ser funcionarios.
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