El Gobierno ha aprobado el aumento del 5% en el salario mínimo interprofesional (SMI), que subirá de 1.080 euros a 1.134 euros brutos al mes. Esto equivale a un incremento de 54 euros al mes, sumando un total de 756 euros al año, situando el salario mínimo anual en 15.876 euros brutos. Además de la subida salarial que deberá de verse reflejada en la próxima nómina de febrero, los trabajadores recibirá un extra en forma de hasta 63 euros.
Esos 63 euros que media deberán recibir los trabajadores que perciban el SMI se debe a, que esta subida tiene carácter retroactivo con efecto 1 de enero. Esto significa que cuando una nueva ley, regulación, o doctrina establecida en una sentencia judicial se aplica a situaciones o hechos que ya han ocurrido en el pasado, antes de que la ley o reglamentación entrara en vigor o antes de que la sentencia fuera emitida.
Según estimaciones del Ministerio de Trabajo, alrededor de 2,5 millones de trabajadores reciben el salario mínimo interprofesional. De estos, aproximadamente un tercio son mujeres y jóvenes. Estas personas no están cubiertas por convenios laborales, lo que significa que los aumentos en el salario base afectan directamente a su capacidad adquisitiva. Un sector particularmente afectado por esto y donde es común recibir el salario mínimo es el de las empleadas del hogar, que está altamente feminizado. Sin embargo, esta situación también se observa en otros sectores, como la agricultura, donde el salario mínimo es ampliamente utilizado.
La subida del salario mínimo se encuentra regulada en el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, el cual puede consultarse en este Boletín Oficial del Estado.
¿Cuánto dinero van a recibir de ‘paguilla’ los trabajadores?
Los trabajadores que ganan el salario mínimo deberán ver actualizada su nómina de febrero para compensar el atraso del mes de enero, asegurándose de no cobrar menos de los 1.134 euros brutos (en 14 pagas). Dado que la subida no se aplicó en enero, estos trabajadores recibirán en la nómina de febrero un extra de entre 54 y 63 euros brutos, dependiendo de si reciben sus remuneraciones en 14 o 12 pagas de forma habitual.
Ahora puede ser que muchos trabajadores no vean la subida aplicada, debido a los pluses absorbibles. Los pluses absorbibles son una práctica legal que permite a las empresas integrar complementos salariales en el salario base para cumplir con el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sin necesariamente aumentar el total de la remuneración del trabajador. Esto significa que si un trabajador recibe un salario base más un complemento que en conjunto supera el nuevo SMI, la empresa puede ajustar la estructura salarial para cumplir con el nuevo mínimo legal sin incrementar el ingreso total del trabajador de manera proporcional.
Esta práctica puede resultar desfavorable para los trabajadores, ya que aunque garantiza el cumplimiento del mínimo legal, no se traduce necesariamente en un aumento proporcional de su ingreso total. Por ejemplo, si un trabajador tiene un salario base de 1.080 euros, más un complemento de 50 euros por turno de noche, y el nuevo SMI es de 1.134 euros, solo recibiría un aumento de 4 euros en su salario total para cumplir con el mínimo legal, absorbiendo el complemento previamente otorgado.
Esta norma está contemplada en el artículo 26, apartado 5, del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo del 14 de abril de 2010 (STS 2479/2010) establece que la compensación y absorción debe aplicarse a retribuciones homogéneas y evaluarse según las circunstancias específicas de cada caso, teniendo en cuenta cómo se acordaron las remuneraciones salariales. Esto implica que no todos los conceptos salariales son susceptibles de ser compensados o absorbidos, especialmente aquellos que son complementos personales no relacionados con resultados o condiciones específicas de trabajo.
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