¿Tengo que presentar la Renta si cobro el subsidio a mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años tiene la obligación de hacer una declaración anual de rentas, que no es lo mismo que el Modelo 100 (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

¿Tengo que presentar la Renta si cobro el subsidio a mayores de 52 años?
¿Tengo que presentar la Renta si cobro el subsidio a mayores de 52 años? EP
Francisco Miralles

Para mantener el subsidio para mayores de 52 años que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sus beneficiarios, todos ellos deben presentar una declaración anual de rentas. Es por ello y de cara a la campaña de la declaración de la Renta que muchos se preguntan si al cobrar esta prestación están obligados a presentar el borrador.

La realidad es, que muchos beneficiarios tienden a confundir el modelo 100 o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que comúnmente se conoce como declaración de la Renta, con la declaración anual de rentas que exige el SEPE. Aunque pueden parecerse, son completamente distintos.

La declaración anual de rentas es un trámite anual que tienen la obligación de realizar los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años para poder seguir percibiendo dicha prestación. Este documento, además de reflejar todas las rentas e ingresos del beneficiario, sirve para acreditar al SEPE que se sigue cumpliendo con el requisito de rentas.

En cambio, el modelo 100 o borrador de la Renta es el documento en el que figuran todos los rendimientos obtenidos, impuestos y retenciones abonados. Según el balance, la Agencia Tributaria podrá hacer la devolución o ingreso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). No todas las personas están obligadas hacer esta trámite, solo aquellas que superen cierto nivel de rentas.

Están obligados a presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hubieran obtenido ingresos por encima de los 22.000 euros anuales si es un único pagador. En el caso de tener varios pagadores, el límite se situará en los 15.000 euros anuales, siempre que el segundo pagador y siguientes lo haga por una cuantía superior a los 1.500 euros anuales.

¿Hay que declarar el subsidio para mayores de 52 años?

Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años no están obligados a presentar declaración de la Renta, siempre que este sea el único ingreso que recibieron, ya que se encontraría por debajo del límite de 22.000 euros establecido.

Cobrar solo el subsidio para mayores de 52 años durante el ejercicio fiscal 2023 supone recibir un rendimiento de 5.760 euros al año, que son 480 euros por 12 meses, ya que esta ayudas asistencial no tiene pagas extraordinarias.

Ahora, si una persona recibe ingresos de más de un pagador, su obligación de presentar la declaración de la renta puede variar. Por ejemplo, si sus ingresos totales son 22.000 euros y el segundo pagador ha abonado menos de 1.500 euros, no estaría obligado a presentarla. En cambio, si el segundo pagador ha abonado más de 1.500 euros, debe asegurarse de que el total abonado por todos los pagadores no supere los 15.000 euros para no tener que presentarla, según la modificación de la Ley 21/2022.

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