Recibir ayuda de los padres para comprar una vivienda es una práctica habitual, pero puede tener consecuencias inesperadas si no se formaliza correctamente. Es lo que le ocurrió a un joven francés que recibió un préstamo de 200.000 euros de su padre para adquirir su vivienda, pero que terminó siendo considerado por Hacienda como una donación encubierta, al igual que habría pasado en España.
Según explica el notario Aurélien Geoffroy en el medio Figaro Inmobilier, este tipo de situaciones es más frecuente de lo que parece. “Este tipo de situación se da con mucha frecuencia”, señala. Aunque la ley permite donar importantes cantidades de dinero libres de impuestos cada cierto tiempo, también es posible formalizar un préstamo entre familiares, siempre que se cumplan una serie de requisitos formales y, sobre todo, se demuestre que existe intención real de devolución.
En este caso, el préstamo se formalizó con un contrato que establecía un plazo de amortización de 20 años sin intereses, lo que implicaba pagos mensuales de 833,33 euros. Sin embargo, el problema surgió cuando el hijo no realizó ningún pago. Tras el fallecimiento del padre y en el proceso de revisión fiscal, las autoridades detectaron que no había habido devolución alguna, lo que hizo saltar las alarmas.
Hacienda reclasifica el préstamo como donación y exige impuestos
Ante la falta de pagos, la administración concluyó que no existía una verdadera intención de recuperar el dinero. “En ese punto, las consecuencias son terribles”, advierte el notario. Como resultado, el préstamo fue reclasificado como una donación, lo que implica la obligación de pagar el correspondiente impuesto.
Tras aplicar la deducción de 100.000 euros, los 100.000 euros restantes quedaron sujetos a tributación. Según el tipo impositivo aplicable en Francia, el hijo tuvo que abonar 18.194 euros en concepto de impuesto sobre donaciones. A esta cantidad se sumaron intereses de demora del 0,20 % mensual y además la posibilidad de sanciones de hasta el 40 % o incluso el 80 %, lo supondría que el hijo tendría que pagar entre 27.655 y 34.932 euros.
Qué dice Hacienda en España sobre estos casos
En España, este tipo de operaciones también puede tener consecuencias fiscales similares si no se justifican correctamente. Cuando un hijo recibe dinero de sus padres y no existe una devolución real, la Agencia Tributaria puede considerar que se trata de una donación.
En ese caso, el hijo está obligado a tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), declarando la cantidad recibida y pagando el impuesto correspondiente según su comunidad autónoma.
Además, si Hacienda detecta que el supuesto préstamo no se está devolviendo o que no existe una intención real de hacerlo, puede reclamar el impuesto, añadir intereses de demora e imponer sanciones, lo que puede encarecer considerablemente la operación, tal y como ocurrió en este caso.

