Muchos trabajadores desempleados que cobran una ayuda del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desconocen que pueden ser beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años antes de haber alcanzado dicha edad. Algo que beneficiaría a trabajadores desempleados de larga duración que hubiesen agotado el subsidio que le corresponda y sigue sin reincorporarse al mercado laboral.
Esta ayuda no contributiva ha alcanzado los 480 euros tras la revalorización del IPREM implantada a principios del 2023. Consiste en una cuantía fija mensual para quienes hayan agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) y carezcan de unas rentas mensuales que no superen el 75% del SMI (actualmente en los 1080 euros al mes). Además, tienen que permanecer registrados como demandantes de empleo durante todo el tiempo que son beneficiarios.
Pero, además de estas cuestiones, hay un grupo específico de trabajadores que, cumpliendo con el periodo de cotización exigida de 15 años para la jubilación y de seis para la prestación por desempleo, tienen derecho a recibir el subsidio para mayores de 52 años desde el pasado marzo de 2022: los trabajadores fijos-discontinuos.
Este colectivo consiste en trabajadores con contratación indefinida que están activos en su profesión habitual de forma intermitente. Es decir, que la empresa no los necesita durante todo el año, sino en periodos determinados en cada ejercicio. Es el caso de las limpiadoras de hoteles, por ejemplo.
Una vez que han agotado el paro, es posible que soliciten la ayuda destinada a los mayores de 52 años, incluso antes de tiempo. Una de sus mayores ventajas es que esta cotiza para la pensión de jubilación. Lo hace por el 125% de la base mínima de cotización vigente en ese momento. Así que sin estar en activo, siguen aportando al sistema contributivo con ese subsidio.
Otras personas que pueden ser beneficiarias de esta opción son las liberadas de prisión sin derecho a cobrar el paro con una privación de libertar por un tiempo mayor a seis meses y haber sido declarado capaz o persona con incapacidad permanente parcial como consecuencia de un expediente de revisión por mejoría de otra incapacidad de grado superior.
El requisito indispensable para mantener el subsidio para mayores de 52 años
Existe una condición impuesta por el SEPE para que las personas con 52 años o más puedan disfrutar de dicho subsidio. En primer lugar, es necesario aclarar que pueden gestionar el trámite en un plazo de 15 días hábiles después del mes de espera entre que terminó el paro.
En segundo lugar, para mantener el derecho a subsidio, es necesario presentar una declaración de rentas ante cualquier oficina del SEPE. Acto que debe hacerse cada 12 meses a contar desde la fecha de nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en lo que lo reanudó por última vez.
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