Durante el primer trimestre de cada año, los pensionistas beneficiarios de las pensiones no contributivas deben presentar la declaración anual de rentas. Este documento, que suele presentarse en el Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) y sirve para verificar con la Seguridad Social que los beneficiarios siguen reuniendo los requisitos para seguir percibiendo esta prestación. En el caso de no presentarse se suspende la pensión, pero a veces aun presentando el documento, la Seguridad Social decide suspenderla ¿Por qué ocurre esto?
Las pensiones no contributivas son prestación que nacen con el objeto de garantizar unos ingresos mínimos, además de garantizar asistencia médica y farmacéutica gratuita. A estas se accede cuando no se tiene derecho a una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente. Las cuantías se sitúan entre los 517,90 euros correspondientes a la íntegra y los 129,48 euros al mes (1.812,65 euros anuales) del 25% mínimo.
Pero no solo vale con no tener ingresos, es necesario carecer de ingresos económicos suficientes, por qué como hemos dicho, es una prestación destinada a personas que no tienen derecho a una pensión contributiva y además, carecen de ingresos suficientes.
Cuáles son los límites de ingresos para cobrar una pensión no contributiva
No obstante, si se reside con familiares, se considera cumplido el requisito si la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de la unidad de convivencia no supera ciertos límites.
Para la convivencia con cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado, como padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos, los límites varían según el número de convivientes: para dos, el límite es de 12.326,02 euros; para tres, 17.401,44 euros; y para cuatro o más, 22.476,86 euros.
Si entre los convivientes hay padres o hijos, los límites aumentan: para dos, el límite de rentas es de 30.815,05 euros; para tres, 43.503,60 euros; y para cuatro, 56.192,15 euros.
Por qué me quitan la pensión no contributiva
El Imserso explica que superar el límite de ingresos llevará a la pérdida de la pensión no contributiva. La suspensión no es definitiva. En otras palabras, se suspenderá de manera temporal hasta que el beneficiario vuelva a reunir los requisitos.
En este sentido, si se pierde un año la pensión no contributiva, pero al año siguiente se vuelve a reunir los requisitos, se podrá volver a solicitar cobrar la pensión no contributiva con la cuantía que correspondiere.
Y es que las pensiones no contributivas de jubilación o invalidez no tienen una cuantía fija. Esta se determina en función de las rentas personales del solicitante y de la unidad económica de convivencia.
De este modo, si no se contaran con más ingresos aparte de la prestación, la cuantía básica de la pensión no contributiva íntegra supone un ingreso de 517,90 € mensuales. Ahora, si se contara con ingresos, a medida que estos fueran mayores, la cuantía iría descendiendo hasta el mínimo, que son 129,48 euros mensuales.
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