
Tanto a la hora de hacer un testamento como de recibir una herencia, se plantean una serie de dudas, tanto con los trámites a realizar como con los bienes que se incluyen en la herencia. Una bastante frecuente es ¿qué pasa con una vivienda que tiene una hipoteca inversa?
Lo primero de todo es aclarar en que cosiste exactamente una hipoteca inversa, que como el Banco de España explica, es “un préstamo que permite a las personas a partir de los 65 años obtener liquidez gracias al valor de un inmueble sin cargas, sin tener que vender o abandonar la vivienda”. Su funcionamiento es el contrario al de una hipoteca normal, siendo el banco el que va aportando dinero al cliente por el valor de la vivienda, que normalmente se hacen en pagos mensuales.
Por esto, es normal preguntarse que al llegar el fallecimiento de la persona que recibe el dinero de la hipoteca inversa, que va a pasar con la vivienda y los herederos, ¿pueden quedársela? ¿Se la queda el banco? ¿Tienen que pagar algo?
¿Qué pasa con la herencia si la vivienda heredada tiene una hipoteca inversa?
A los herederos que reciban una vivienda con este tipo de hipoteca, les corresponde igualmente la propiedad de la misma, según explican desde el Consejo General de Notariado, pero habrá que tener en cuenta que tendrán que devolver al banco todo el dinero que habían adelantado al fallecido que era titular de la hipoteca inversa más los intereses que se hayan devengado, teniendo como opción la venta de este bien para poder frente al pago.
En el caso de que no se quiera hacer frente al pago para quedarse con la titularidad de la vivienda, existe la opción de entregar el inmueble al banco como medio para hacer frente a la deuda, ya que, como explican desde este organismo, los herederos no tienen que responder a las deudas con su patrimonio preexistente.
Otros puntos a tener en cuenta cuando se heredan deudas
A raíz de la consulta sobre estas hipotecas, el Consejo de Notarios ha aprovechado la ocasión para aclarar algunos temas sobre las deudas y las herencias, y es la posibilidad de aceptar la herencia a beneficio de inventario.
De esta forma, el heredero responderá a las deudas con el patrimonio que se ha heredado, por lo que si el importe de la deuda es mayor que el de los bienes recibidos, no tendrían que hacer frente al pago de la diferencia, pero si el importe que se adeuda es menor que dichos bienes podrán recibir el importe restante tras saldarla.
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