Las 7 razones por las que deberías dejar un testamento redactado

Este documento legal puede hacerse en cualquier momento a lo largo de nuestra vida y evitará muchos problemas futuros además de gastos innecesarios cómo puede ser la declaración de herederos que puede alcanzar los 400 euros.

7 razones por las que es mejor dejar un testamento redactado
Un testamento cuesta sobre 60 euros, sino existe este la declaración de herederos puede alcanzar los 400 euros
Paola Vargas López

Dejar un testamento redactado tiene muchos beneficios, esto supone declarar nuestra voluntad sobre el futuro de nuestros bienes una vez fallecidos. La persona establece quién o quienes serán las personas destinatarias, la forma de reparto de los bienes, cuantía o proporción que recibirá cada una de ellas y la forma en que deberá de hacerse. A parte de evitar muchos trámites y posibles problemas futuros, también supone ahorrar varios cientos de euros.

Según el artículo 667 del Código Civil se establece que,

Un testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de ellos.

Motivos por los que dejar testamento

Una vez la persona fallece, si no existe testamento alguno, los bienes serán repartidos según tiene previsto la ley y eso significa que heredarán los bienes según el siguiente orden:

  • Hijos (descendientes)
  • Padres, abuelos (ascendientes)
  • En ausencia de estos, los cónyuges
  • Hermanos o medio hermanos
  • Sobrinos
  • Cuarto grado de consanguinidad: primos hermanos, sobrinos nietos y tíos abuelos
  • El Estado

Si por cualquier motivo, este orden no es el que la persona desea, deberá entonces dejar un testamento redactado indicando sus voluntades sobre el reparto de sus bienes.

A continuación 7 razones por las que todos deberíamos de redactar un testamento.

1. ​​​​Facilitar los trámites a los futuros herederos

Actualmente, hacer un testamento cuesta alrededor de unos 60 euros y así se podrá evitar que los herederos asumen un el trámite notarial llamado “declaración de herederos ab intestato” el cual tiene un coste de entre 300 y 400 euros.

2. El reparto que estima la ley no nos convence

Es posible que el orden que anteriormente se ha mencionado no sea el que en el caso de una muerte repentina o inesperada sea el más conveniente. Por ejemplo, si estamos casados, pero no tenemos hijos, pero si tenemos ascendientes como por ejemplo un abuelo, sería este quien recibiría la herencia y no tu cónyuge.

3. Si queremos que uno de nuestros hijos reciba más que otro

Si no hay testamento, todos los hijos heredarán a partes iguales. Si dejamos un testamento, en él podremos asignar un reparto desigual, beneficiando más a uno u otro. Habría que dividir la herencia en 3 tercios tales como:

  • un tercio a libre elección
  • El tercio de mejora
  • Lo que le corresponda de dividir en partes iguales el tercio de legítima estricta entre todos los hijos.

Es importante señalar que en el caso de existir cónyuge, no se le puede privar del usufructo del tercio de mejora mientras este viva, aunque la nuda propiedad sea de un hijo o varios.

4. Asignación de determinados bienes

Adjudicar bienes concretos a personas concretas, es un gran motivo para poder evitar futuras discrepancias entre los herederos.

5. Si se quiere asegurar la posición de nuestro cónyuge

Según el orden para heredar que marca la ley, el cónyuge solo recibirá el usufructo sobre una parte de la herencia si existen parientes descendientes o ascendientes. Esto es la mitad si solo se tienen padres o abuelos o un tercio si se tienen hijos y nietos. Pero si se deja un testamento redactado, al cónyuge se puede:

Dejarle algunos bienes en propiedad (con el usufructo, tan solo poder usarlos o alquilar, pero nunca vender)

Permitirle que a junto a los demás herederos puédan intercambiar el usufructo viudal por dinero o, por una parte, de la herencia en plena propiedad y valor equivalente

Ser más generoso/a con el cónyuge dejándolo el usufructo sobre toda la herencia

6. Asegurar la posición de la pareja de hecho

Es posible que la pareja no esté legalmente casada, actualmente no en todas las comunidades se equiparan los derechos de las parejas de hecho a las de los cónyuges, por lo que ante tal posible “confusión” futura, es mejor dejarlo reflejado.

7. Desheredar a uno de los hijos

Para desheredar a uno de los hijos habrá que expresarlo en el testamento y demostrar la razón de por qué se está haciendo. Según marca la ley, las razones válidas por las que se puede desheredar a un descendiente son las siguientes:

  • Que haya maltratado físicamente o injuriado gravemente al fallecido
  • Que le haya negado el sustento cuando este estaba necesitado
  • O que algún tribunal haya admitido como razón el maltrato psicológico que supone abandonar las relaciones y no mostrar interés alguno por el progenitor.

Cualquiera de estos motivos, debe ser fehacientemente demostrado, de lo contrario el hijo desheredado podría impugnar el testamento y conseguir su parte legítima estricta.

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