La cláusula de la actualización de la renta correspondiente al alquiler según el Índice de Precios al Consumo (IPC) es una de las más destacadas por relevancia para ambas partes firmantes de un contrato de arrendamiento. Se trata de una de las más frecuentes. Aunque, de no aparecer textualmente, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el utilizado será el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC).
Esta permite que el dinero que paga el arrendador al arrendatario pueda verse modificado según lo que se haya visto incrementado el IPC, tanto al alza como a la baja. El IPC mide, básicamente, el incremento de precios de los bienes y servicios que más se consumen respecto a los meses previos. Este se situará en el 9%, bajando un 1,5% respecto a agosto, en este mes de septiembre.
"El conjunto de bienes y servicios, que conforman la cesta de la compra, se obtiene básicamente del consumo de las familias y la importancia de cada uno de ellos en el cálculo del IPC está determinada por dicho consumo", puntualiza el INE, que es el organismo que se encarga de medirlo. Pero, ¿cómo se aplica sobre el contrato del alquiler?
IPC e inflación: ¿puede el casero subir el alquiler?
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) especifica que el casero podrá actualizar el precio de la renta mensual del contrato conforme al IPC cuando se haya cumplido la anualidad. Es decir, que cuando se llegue al primer año de vigencia de ese contrato, se podrá ir calibrando mes a mes según lo que indique la cifra porcentual del IPC en el momento en el que se cumple ese año y se avisa al inquilino.
"Si alquilaste una vivienda y firmaste el contrato de arrendamiento en marzo, tu renta se actualizará cada mes de marzo de los años siguientes. Eso sí, hay que tener en cuenta que la mensualidad debe actualizarse el mes siguiente a la notificación de la actualización", explican desde el portal inmobiliario, Fotocasa.
Como también subraya la OCU, esa actualización podrá darse para ambas partes. En otras palabras, “si el IPC es negativo el inquilino tiene derecho a que se aplique la bajada correspondiente, solicitándolo al arrendador del mismo modo que hemos comentado antes", concluye la plataforma. Además, como se ha mencionado, se debe avisar con antelación al inquilino.
¿Se puede subir el precio del contrato si pasa un año?
La cláusula debe aparecer en el contrato para que pueda hacerse efectiva la subida, aunque si no, se puede realizar mediante el IGC. Sin embargo, la subida no es obligatoria, ni, de hacerse, tampoco retroactiva. Aunque sí se podrá ejecutar si ha pasado un año, pero no se aplicará la subida hasta el mes siguiente. "Si ninguna de las partes comunica a la otra la intención de actualizar la renta conforme a lo previsto en el contrato, el importe de la renta no varía", añaden en la OCU
El tope al alquiler del Gobierno
¿Quiere decir esto que si el contrato de alquiler tiene más de un año, debe subir un 9%, la cifra actual del IPC? No, ya que el Gobierno de España extendió hasta finales de 2022 el tope del 2% a la subida del alquiler en los contratos renovados incluida en el Real Decreto-ley del pasado 30 de marzo, con el objetivo de hacer frente a la inflación.
De esta manera, la cláusula en cuestión queda congelada. Por lo que hasta el 1 de enero de 2023 ningún incremento en la cuantía de la renta mensual por alquiler conforme al IPC podrá superar el 2% del precio fijado en el contrato previo.
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