Encontrar una vivienda de alquiler no es una tarea fácil, y más con los altos precios de mercado que tienen actualmente. Es por esto que cuando se encuentra la oportunidad que se está buscando no suele dejarse pasar, pero ¿qué pasa si la vivienda se alquila con muebles que el inquilino no quiere quedarse o quiere cambiar? ¿Puede quitarlos? ¿Puede negarse el casero?
Lo primero que hay que tener en cuenta es que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), establece en el artículo 2.2 “las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario” por tanto, si la vivienda se alquila amueblada estos muebles formarán parte del alquiler.
El artículo 23 de la citada ley, regula las obras y reformas que se podrán realizar en una vivienda alquilada, y este prevé que “el arrendatario no podrá realizar sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios a que se refiere el apartado 2 del artículo 2”. Por tanto, el inquilino no podrá retirar los muebles de la vivienda sin el consentimiento de su casero, y si decide hacerlo deberá devolver la vivienda en el mismo estado que la encontró.
¿Qué se puede hacer con los muebles de una vivienda alquilada?
En el caso de encontrar una vivienda que se alquile con los muebles y no sean del agrado del inquilino, lo primero es intentar llegar a un acuerdo con el propietario de la vivienda para que los retire o autorice a hacerlo.
Desde el portal inmobiliario Fotocasa recomiendan que si el casero autoriza al inquilino a retirar los muebles de la vivienda, quede reflejado por escrito que muebles se van a retirar y cuáles se quedan en el inventario que se realice.
Al alquilarse la vivienda amueblada el casero puede negarse a retirar los muebles, en este caso, según indican desde el portal, José Ramón Zurdo, Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler aclara que el inquilino tendrá que quedarse con los muebles, pero “puede quitar los muebles, previa comunicación al arrendador, guardarlos en un trastero (a su costa) colocar los suyos y cuando termine el arrendamiento, volver a colocarlos”
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