
La pensión de incapacidad permanente es una prestación de carácter contributivo que gestiona la Seguridad Social. Esta se agrupa en diferencias grados y según el grado otorgado corresponde un porcentaje de la base reguladora. En el caso de la incapacidad permanente cualificada esta corresponde el 75% de la base reguladora.
La incapacidad permanente total es el grado por el que la Seguridad Social inhabilita al trabajador para la realización de todas o las tareas principales de su profesión habitual, pero no impide que pueda dedicarse a otra profesión distinta. En este tipo de incapacidad se cobra el 55% de la base reguladora.
Ahora, en la incapacidad permanente total cualificada a la que se accede a partir de los 55 años o más y por la que se percibe una pensión del 75% de la base reguladora en lugar de un 55%. Ese incremento puede perderse si se deja de cumplir con los requisitos establecidos por la Seguridad Social.
Motivo para bajar el grado de la incapacidad permanente total cualificada
Según explica la Seguridad Social, para tener derecho a cobrar una incapacidad cualificada es necesario además de tener 55 años de edad, que la persona esté desempleada, es decir, que no esté trabajando. Por ello, si la persona beneficiaria encontrara trabajo perdería ese incremento del 20%.
Aclarar que la incapacidad permanente cualificada se perderá de forma temporal. En otras palabras mientras estemos trabajando habrá que comunicarlo a la Seguridad Social, para que este detracte de la pensión ese incremento.

Una vez finalizado el trabajo o hasta llegar a edad legal de jubilación (edad máxima a la que se puede seguir cobrando una incapacidad) habrá que comunicarlo a la Seguridad Social para que este vuelva a reponer ese incremento del 20%.
En el caso de llegar a la edad de jubilación cobrando una incapacidad permanente total cualificada, esta cambiará y pasará a percibirse una pensión de jubilación. En ningún caso se perderá dinero de la pensión ni ese incremento del 20% por cualificada.
Aunque este tipo de incapacidad corresponde el 75% de la base reguladora, esta dependerá de la causa que origino la incapacidad (pasos para calcular la cuantía de la incapacidad permanente total).
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