En España, para tener derecho a cobrar una pensión contributiva es necesario haber cotizado un mínimo a la Seguridad Social. En el caso de la jubilación se exigirá un mínimo de 15 años a lo largo de la carrera profesional del trabajador. No obstante, hay personas que no han podido cotizar lo suficiente para tener derecho a este tipo de prestaciones y se preguntan si tienen derecho a cobrar un tipo de prestación económica. Ante esta situación, es posible cobrar una prestación económica de hasta 6.784 euros, pero es necesario cumplir unos requisitos.
Las pensiones no contributivas son aquellas que reconocen a aquellos ciudadanos que, sin tener derecho a una pensión contributiva de la Seguridad Social, se encuentran en una situación de vulnerabilidad al carecer de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos. Existen dos tipos de pensiones no contributivas, las de jubilación y la de invalidez.
Aunque depende de la Seguridad Social, estas son gestionadas por los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) en las ciudades de Ceuta y Melilla. Tal como explica la web del Imserso, para acceder a éstas será necesario cumplir con tres requisitos.
Requisitos para cobrar una pensión no contributiva
Para tener derecho a cobrar una pensión no contributiva, se exige reunir tres requisitos. El primero de ellos es no tener derecho a percibir una pensión contributiva, ya sea por jubilación o invalidez.
El segundo dependerá de la pensión a la que se acceda. Si es una pensión no contributiva por jubilación se deberá tener la edad de 65 años y si es, la no contributiva por invalidez, tener un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.
Como tercer y último requisito, se deberá carecer de ingresos superiores a los 6.784,54 euros anuales. Estas cuantías aumentarán si el beneficiario convive con otros familiares.
En el caso de convivir con familiares de hasta segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante).
- Unidad formada por 2 convivientes: 11.533,72 euros.
- Unidad formada por 3 convivientes: 16.282,90 euros.
- Unidad formada por 4 o más convivientes: 21.032,08 euros.
En el caso de que alguno de los integrantes fuera de primer grado (padre, madre o hijo/a):
- Unidad formada por 2 convivientes: 28.834,30 euros.
- Unidad formada por 3 convivientes: 40.707,25 euros.
- Unidad formada por 4 o más convivientes: 52.580,20 euros.
Añadir, para que estas sean aprobadas por el Imserso será necesario residir de manera legal en España durante al menos 10 años en los últimos 16. De estos, los dos últimos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Cuantías para 2023
La pensión no contributiva tiene en 2023 una cuantía que oscila entre la íntegra que son 484,61 euros mensuales (6.784,54 euros anuales) y la mínima del 25 %, que se sitúa en los 121,15 euros al mes (1.696,14 euros anuales). En el caso de la no contributiva por invalidez, cuando el grado de discapacidad fuera igual o superior al 75 % y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, se percibirá el complemento del 50 %, haciendo una cuantía total de 726,92 euros al mes, por catorce pagas 10.176,81 euros anuales.
Esta prestación es vitalicia, pero siempre y cuando se sigan reuniendo los requisitos para ello (no superar el límite de ingresos) o cuando fallece el beneficiario. Por último, hay que tener en cuenta que ambas prestaciones son incompatibles entre sí, es decir que, si se tiene derecho a ambas solo se podrá percibir una u otra.
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