
El sistema público de pensiones de la Seguridad Social es dinámico y flexible, permitiendo diferentes opciones para jubilarse a los 65 años o incluso antes. En el caso de jubilarse en 2024 a los 65 años sin penalización, será necesario tener un mínimo de años cotizados, aunque también está la opción de jubilarse sin esperar, asumiendo recortes en la pensión a través de los coeficientes reductores, además de cumplir con unos requisitos.
La edad de jubilación está en constante cambio y lo hará hasta 2027, donde la edad para jubilarse se situará en los 67 años. Ahora mismo, la edad de jubilación en 2024 en España será de 65 años para aquellos que han cotizado al menos 38 años o más. En caso contrario, la edad se situará en los 66 años y 6 meses.
En este sentido, las personas que quieran jubilarse a los 65 años sin penalizaciones deberán tener 38 años cotizados. Ahora, aunque la Seguridad Social ofrece la posibilidad cobrar la pensión y trabajar al mismo tiempo, es posible acceder a la jubilación antes de la edad legal, ya sea de forma voluntaria o involuntaria.
Jubilación anticipada antes de los 65 años
La jubilación anticipada voluntaria permite adelantar la edad de jubilación hasta dos años con respecto a la edad ordinaria vigente en ese momento. Así, en 2024 estaría en los 63 años, en el caso de tener al menos 38 años cotizados, o si no, en los 64 años y 6 meses.
Para acceder a esta modalidad es necesario tener 35 años cotizados y que la cuantía de la pensión resultante sea superior a la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad (consultar pensión mínima para 2024).
En la jubilación anticipada, involuntaria o forzosa se puede adelantar el retiro hasta cuatro años con respecto a la edad legal vigente. Así, se podrá acceder a los 61 años o a los 62 años y seis meses en caso de no llegar a los 38 años de cotización.
En ambas modalidades se aplicará unos coeficientes reductores (recortes en la pensión) según el total de años trabajados y los meses que se adelante la pensión. Esto van desde un 0,50% hasta un 30%. En el caso de cobrar la pensión máxima también se aplicará un recorte extra.
Cómo jubilarse antes de los 65 años sin penalización
La Seguridad Social contempla que varias profesiones puedan acceder a una jubilación anticipada debido a la naturaleza exigente o peligrosa de sus trabajos, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos mínimos de actividad laboral y otros criterios establecidos. La edad mínima de jubilación en estos casos es de 52 años y no se aplican coeficientes reductores en la pensión. Los colectivos que pueden beneficiarse esta medida son:
- Trabajadores incluidos en Estatuto Minero.
- Personal de vuelo de trabajos aéreos.
- Trabajadores ferroviarios.
- Artistas.
- Profesionales taurinos.
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.
- Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza.
- Policías Locales
Jubilación por discapacidad
Los trabajadores que cuenten con una discapacidad de al menos un 45% podrán acceder a la jubilación por discapacidad a la edad de 52 años. Así lo establece la nueva ley, la cual se encuentra regulada a través del Real Decreto 1851/2009 y del Real Decreto 1539/2003.
En este tipo de jubilación se pide contar el hecho genérico de acceso a la pensión, que es contar con los 15 años cotizados, pero con la variante de que, de esos 15, al menos 5 años sean por discapacidad.
De esta forma, los trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45% se podrán jubilar a los 56 años. En el caso de trabajadores con una discapacidad igual o superior al 65 % podrán acceder a partir de los 52 años edad.
La ventaja de esta modalidad es que no se aplica recorte ene la pensión, es decir, en las jubilaciones anticipadas por discapacidad no se aplicarán penalizaciones, por lo que computarán todos los años cotizados.

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