Qué pensión de jubilación cobrará una persona que ha cotizado menos de 20 años

La cuantía de la pensión de jubilación dependerá de los años cotizados por el trabajador.

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Francisco Miralles

Gozar de una buena pensión de jubilación es algo que buscar todos los trabajadores una vez alcanzado el final de su carrera profesional. Ahora, no todas las personas tiene derecho a percibir la misma prestación contributiva, ya que el sistema de pensiones de la Seguridad Social establece que la cuantía dependerá de los años cotizados.

De los factores que intervienen en la pensión de jubilación, los años de cotización son los más importantes, ya que con ellos se realiza el cálculo de la cuantía que se cobrará todos los meses. Esto afectará a todos los pensionistas, pero en especial a aquellos que cuenten con menos de 20 años cotizados. En esta situación, son muchos los que se preguntan ¿Qué pensión de jubilación pueden cobrar? ¿Y cuál será su cuantía?

Para ello, lo primero que hay que saber es a qué pensión tienen derecho las personas que han cotizado menos de 20 años. Posteriormente, habrá que hacer el cálculo sobre la pensión que le queda según los años cotizados a lo largo de su vida laboral.

La Seguridad Social cuenta con dos tipos de pensiones, una para las personas que han cotizado más de 15 años y la otra, para las que no alcancen ese mínimo.

Pensión para las personas que han cotizado menos de 15 años

Las personas que no alcancen los 15 años cotizados y cuenten con un nivel bajo de ingresos tendrán que solicitar una pensión no contributiva de jubilación.

Según explica el Imserso en su página web, las pensiones no contributivas “asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva”.

Para acceder a ellas es necesario que los solicitantes reúnan una serie de requisitos previos. Estos son:

  • Tener 65 años o más.
  • Residir de manera legal en España durante al menos 10 en los últimos 16 años. De estos, los dos últimos deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.

En el caso de una unidad de convivencia de dos personas, el límite de ingresos anuales no puede superar los 11.533,72 euros. Para tres personas, el límite es de 16.282,90 euros anuales, y para cuatro o más personas, el límite es de 21.032,08 euros anuales.

Si en una unidad de convivencia hay padres o hijos, los límites de ingresos son más altos. Para dos personas, el límite es de 28.834,30 euros anuales, para tres personas es de 40.707,25 euros anuales, y para cuatro personas o más, el límite es de 52.580,20 euros anuales.

Cuantía de la pensión para las personas que se jubilan con menos de 15 años

En 2023, la cuantía de las pensiones no contributivas se situarán entre los 484,61 euros mensuales (6.784,54 euros anuales) y los 121,15 euros mensuales (1.696,14 euros anuales).

En el caso de convivir en la misma unidad familiar con varios beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación, la cuantía se reducirá. En el caso de dos beneficiarios, cada uno recibirá 411,92 euros al mes (5.766,86 euros al año). Si hay tres o más beneficiarios, cada uno recibirá 387,69 euros al mes (5.427,63 euros al año) como pensión no contributiva de jubilación.

Cómo se jubila una persona con más de 15 años

Los trabajadores que hayan cotizado a la Seguridad Social durante más de 15 años pueden acceder a la pensión contributiva de jubilación. Sin embargo, es necesario que al menos dos de esos años estén dentro de los últimos 15 años antes de solicitar la pensión. Además, habrá que cumplir con la edad ordinaria de jubilación, según explica la Seguridad Social en su página web.

Las personas que tengan menos de 37 años y nueve meses deberán de jubilarse a la edad de 66 años y cuatro meses.

Cuantía de la pensión de jubilación para los que han cotizado menos de 20 años

Para conocer la cuantía de la pensión de jubilación es necesario saber la fórmula con la que la Seguridad Social realizar el cálculo de la pensiones contributivas de la Seguridad Social. En esta operación se tendrá en cuenta las bases de cotización de los 25 años anteriores a la jubilación, que son las 300 bases anteriores.

Con esas 300 bases, habrá que sumarlas y el resultado deberá de dividirse entre 350, para obtener el base reguladora. Sobre estas, habrá que aplicar los correspondientes coeficientes, salvo los dos años anteriores, para reflejar el efecto de la inflación. En estas cotizaciones se podrá rellenar usando las cotizaciones ficticias y la integración de lagunas

La base reguladora es el 100% de la pensión a la que se tiene derecho, pero para alcanzar dicha cuenta dependerá de los años cotizados. Así, con 15 años cotizados, se tendrá derecho al 50%, por cada uno de los siguientes 49 meses se aplicará un 0,21 % extra sobre la base reguladora y por cada uno de los meses siguientes se concede un 0,19% extra.

En la siguiente tabla se puede consultar los porcentajes de base reguladora que conformarán la base reguladora con menos de 20 años cotizados:

  • Con 15 años cotizados la cuantía será del 50% de la base reguladora.
  • Con 16 años cotizados la cuantía será del 52,52% de la base reguladora.
  • Con 17 años cotizados la cuantía será del 55,04% de la base reguladora.
  • Con 18 años cotizados la cuantía será del 57,56% de la base reguladora.
  • Con 19 años cotizados la cuantía será del 60,08% de la base reguladora.

Las pensiones de jubilación cuentan con unas cuantías mínimas y máximas que son fijadas todos los años en los Presupuestos Generales del Estado.

Cuantías mínimas y máximas de las pensiones de jubilación

Las cuantías mínimas se consiguen cuando el pensionista, tras hacer el cálculo de la pensión, esta se sitúa por debajo de la pensión mínima y carecer de un límite de ingresos mínimos. Ese plus en la pensión consigue mediante el complemento a mínimos. Así, estas son las mínimas para 2023, según el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre:

  • Pensiones de jubilación para personas con 65 años o más: 966,20 euros mensuales (13.526,80 anuales) para personas con cónyuge a cargo, 783,10 euros mensuales (10.963,40 € al año) para personas sin cónyuge y 743,30 euros mensuales (10.406,20 € al año) para las personas con cónyuge no a cargo.
  • Pensiones de jubilación con 65 años procedente de gran invalidez: 1.449,30 euros mensuales (20.290,20 € al año) para personas con cónyuge a cargo, 1.174,70 euros mensuales (16.445,80 € al año) para personas sin cónyuge y 1.115 euros mensuales (15.610 € al año) para personas con cónyuge no a cargo.
  • Pensiones de jubilación para menores de 65 años: 905,90 euros mensuales (12.682,60 € al año) para personas con cónyuge a cargo, 732,60 euros mensuales (10.256,40 € al año) para personas sin cónyuge y 692,50 euros mensuales (9.695 € al año) para personas con cónyuge no a cargo.

Aunque no será posible conseguir la pensión máxima con menos 20 años cotizados, hay que decir que esta estará situada en los 3.058,81 euros mensuales, que por catorce pagan son 42.823,34 euros anuales.

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