Una de las preguntas más frecuentes de los trabajadores al llegar a la edad ordinaria de jubilación es saber cuánta pensión cobraré al jubilarme. Para la Seguridad Social, la cuantía depende de las últimas bases de cotización, así como del total de trabajados a lo largo de la vida laboral. Esto en condiciones normales tiene sentido, pero qué pensión queda si ganas menos de 1.000 euros al mes, por trabajar mayormente a jornada parcial.
En España, cerca de 2,9 millones de trabajadores lo hacen a tiempo parcial o a media jornada, según los últimos datos de la Seguridad Social (a fecha de septiembre de 2023). Por ello, muchos quieren saber cómo les afectará el día de mañana en su pensión de jubilación.
Aunque el salario mínimo interprofesional esté fijado en los 1.134 euros al mes, esto es para trabajadores con jornada laboral completa. En este caso, trabajar a media jornada o jornada parcial, este puede ser inferior, pudiendo estar por debajo de los 1.000 euros.
A la hora de hacer el cálculo, hay que tener en cuenta la última norma aprobada por el gobierno, que entró en vigor el 1 de octubre. Esta norma permite la equiparación del trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las prestaciones y pensiones.
Es decir, aunque se haya trabajado a media jornada, para la Seguridad Social computará como un día completo. Esto significa que, si para acceder a la pensión contributiva de jubilación se requería tener 15 años (5.475 días), los que trabajan a media jornada debían tener 30 años. Con la entrada en vigor de la norma, solo se pedirán 15 años sin importar el tipo de jornada. Pero, ¿Cómo se calcula la pensión se ha gana menos de 1.000 euros al mes?
Cómo se calcula la pensión de jubilación si gano menos de 1.000 euros al mes
Para calcular la pensión de jubilación hay que conocer primero la base reguladora y sobre esta aplicar el coeficiente según el total de trabajados. La base reguladora es el resultado de sumar las bases de cotización de los 25 años anteriores (300 bases) y dividirlas entre 350. Para conocer las bases, se puede acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social (informe de bases de cotización).
Sobre esta base se aplica un coeficiente para reflejar el efecto inflación (para que el dinero no pierda valor) además, de poder añadir la integración de lagunas (periodos en los que no se pudo cotizar). La base reguladora será el 100% de la pensión a la que se tiene derecho.
Una vez obtenido la base reguladora, toca conocer qué porcentaje de dicha base corresponde al trabajador.
El porcentaje más bajo que se puede recibir en una pensión de jubilación es del 50% de la base reguladora, aplicable a quienes han cotizado 15 años. Si se han cotizado más años, se añade un 0,21% por cada uno de los siguientes 49 meses y un 0,19% por cada uno de los siguientes 209 meses. De esta forma, para tener derecho al 100% de la pensión será necesario tener 36 años y 6 meses cotizados.
Pero ¿Qué ocurre cuando se cobra menos de 1.000 euros? En este sentido habría que mirar las cotizaciones, pero en el caso de que fueran inferiores a los 1.000 euros, en la mayoría de los casos la pensión resultante será inferior a la pensión mínima.
Cómo conseguir la pensión mínima
En el caso de que la pensión resultante fuera inferior a la pensión mínima, se podrá solicitar el complemento a mínimos de las pensiones contributivas. Este tiene como objetivo conseguir que la prestación alcance el mínimo fijado en los Presupuestos Generales del Estado vigentes de cada año.
Esta puede ser solicitar para la pensión de jubilación y resto de prestaciones contributivas como la incapacidad permanente (en todos sus grados), viudedad, orfandad y en favor de familiares. Ahora para acceder a ella es necesario carecer de un límite de ingresos, según regula el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015.
En el caso de no tener cónyuge a cargo, el límite de ingresos anuales será de 8.941,33 euros y. si se tiene un cónyuge a cargo, el límite de ingresos se fijará en 10.429,82 euros anuales. En la siguiente tabla se puede consultar la pensión mínimas de jubilación para 2024:
Situación | Cuantía Mensual (euros) | Cuantía Anual (euros) |
---|---|---|
Con 65 años: | ||
Con cónyuge a cargo | 1.033,30 | 14.466,20 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 825,2 | 11.552,80 |
Con cónyuge NO a cargo | 783,3 | 10.966,20 |
Menor de 65 años: | ||
Con cónyuge a cargo | 1.033,30 | 14.466,20 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 772 | 10.808 |
Con cónyuge NO a cargo | 729,7 | 10.215,80 |
Con 65 años procedente de gran invalidez: | ||
Con cónyuge a cargo | 1.549,90 | 21.698,60 |
Sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) | 1.237,80 | 17.329,20 |
Con cónyuge NO a cargo | 1.174,90 | 16.448,60 |
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