
Que un trabajador por cuenta propia pierda la vida mediante un accidente laboral no es una situación habitual, pero puede darse. De ahí que sean muchas las personas que acudan a la Seguridad Social para conocer qué es lo que se le exige a la pareja de un autónomo divorciado para cobrar la pensión de viudedad. Como es algo especial, la administración informa que deben demostrarse unos requisitos muy específicos.
Como permite la Ley 8/2015, General de la Seguridad Social, las personas que tengan la condición civil de cónyuges, excónyuges o parejas de hecho, tienen derecho a solicitar este tipo de pensión contributiva. Sin embargo, los requisitos no recaen únicamente en ellas, sino que también deben acreditar otras las personas fallecidas antes del hecho causante. Aquí no importa si trabajaba como autónomo o asalariado, aunque la cuantía sí es más baja.
Como apuntan desde la administración competente en esta materia, la viudedad forma parte de las denominadas prestaciones por muerte y supervivencia y el derecho a ella se genera tanto si se cotiza en el Régimen General como en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social. Tiene carácter vitalicio, aunque puede extinguirse si se vuelve a contraer matrimonio.
Requisitos que debe cumplir el autónomo para originar la pensión de viudedad
Para que el cónyuge superviviente pueda cobrar la pensión de viudedad, el trabajador por cuenta propia debe reunir una serie de condiciones en el momento del fallecimiento:
Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y haber cotizado, como mínimo, 500 días durante los 5 años inmediatamente anteriores. Si la causa de la muerte es un accidente o una enfermedad profesional, no es necesario acreditar ningún periodo de cotización.
Si el trabajador se encuentra en una situación asimilada al alta en la que no está obligado a cotizar, en necesario demostrar una cotización mediante el pago de cuotas a la Seguridad Social de 500 días ininterrumpidos en los cinco años anteriores.
En el caso de que la persona fallecida no estuviera dada de alta en el RETA, tan solo es necesario que hubiera cotizado un mínimo de 15 años en alguno de los otros regímenes contributivos.
Además de lo anterior, el trabajador por cuenta propia debe haber mejorado voluntariamente la acción protectora, incorporando las contingencias por accidente de trabajo o enfermedad profesional y tener contemplada el acceso de prestación por incapacidad temporal (baja médica).
Requisitos que debe demostrar la persona que queda viuda
Por su parte, el sobreviviente también tiene que demostrar que cumple con una serie de exigencias para tener derecho a esa pensión.
Comenzando por tener hijos en común con la persona fallecida y que el matrimonio se hubiera celebrado un año antes, mínimo, al fallecimiento. El periodo aumenta a los dos años cuando son parejas de hecho.
Las personas divorciadas únicamente tendrán derecho cuando sean beneficiarias de la pensión compensatoria y quede extinguida al morir la parte causante, es decir, el fallecido. También demostrar que no han vuelto a casarse.
¿Cuál es la cuantía que le corresponde de viudedad a la pareja de un autónomo divorciado?
En el portal online del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se comprueba cómo la persona que cumpla con las exigencias anteriores tiene derecho al 52% de la base reguladora. Un importe que crece hasta el 60% cuando:
- Se tiene una edad igual o superior a los 65 años.
- No tiene derecho a ningún tipo de pensión española o extranjera.
- No tenga unos ingresos de rendimientos de trabajo o de otro tipo, como inmobiliario, que superen los 7.347,99 euros anuales.
En caso de tener cargas familiares y no sobrepasar ese límite de rentas, el importe a recibir alcanzaría el 70% de la base reguladora.

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