
Para cobrar una pensión de jubilación, la Ley General de la Seguridad Social determina que son necesarios tener 15 años cotizados. Hay determinadas situaciones por las que un ciudadano no ha podido cotizar y al llegar a la edad de 65 años, una de las edades ordinarias de jubilación, se preguntan si tienen derecho a cobrar una pensión. En este sentido, el organismo cuenta con una prestación no contributiva para estos casos destinados a personas en situación de vulnerabilidad económica y social.
Las pensiones no contributivas de jubilación son unas prestaciones económicas que garantiza a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente.
En el caso de las personas mayores de 65 años, si al alcanzar esta edad no tienen derecho a recibir una pensión contributiva de jubilación, podrán acceder a esta ayuda, que en 2023 tiene una cuantía anual que asciende a los 6.784,54 euros. Para cobrarla es necesario reunir una condición que se detallan en la web del IMSERSO.
Cuáles son los requisitos
Para acceder a la pensión no contributiva de jubilación es necesario tener al menos 65 años de edad. Además, hay que residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, de los cuales al menos dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Por un lado, demuestra una vulnerabilidad económica, es decir, carecer de ingresos suficientes. Se entenderá por carencia cuando las rentas o ingresos personales de que los se disponga, en cómputo anual para 2023, sean inferiores a 6.784,54 euros anuales.
En el caso de convivir con más familiares dentro de la unidad familiar, habrá que atender a los umbrales explicados en la web del Imserso.
Cuantía y como se solicita
La cuantía de la pensión no contributiva de jubilación se sitúa entre los 6.784,54 euros y los 1.696,14 euros anuales. Está repartida en 14 pagas (12 mensuales más 2 extraordinarias), lo que equivale a una cuantía que oscilará entre los 484,61 euros mensuales, que es la íntegra, y los 121,15 euros al mes, correspondiente a la mínima del 25 %.
Por tanto, la cuantía a percibir dependerá de los ingresos de la renta personal o las de la Unidad Económica de Convivencia.
La gestión y concesión de estas pensiones está atribuida a los órganos competentes de cada comunidad, así como a las direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) en las ciudades de Ceuta y Melilla. Son estas a las administraciones que hay que acudir para solicitar la prestación.
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