Las jubilaciones cambian: las claves de la reforma de las pensiones que ha cerrado el Gobierno con los agentes sociales

El Ministerio de la Seguridad Social ha cerrado el acuerdo para reformar las jubilaciones en España. Se verán afectadas la jubilación anticipada, la jubilación parcial y la jubilación activa.

Ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz
La Seguridad Social podría llegar a un acuerdo con los agentes sociales en las próximas 48 horas EFE
Esperanza Murcia

Parecía imposible pero el Ministerio de la Seguridad Social, dirigido por Elma Saiz, ha conseguido antes de las vacaciones de agosto cerrar el acuerdo con los sindicatos y empresarios para reformar las pensiones de jubilación en España. CCOO y UGT estimaban que el acuerdo se podría alcanzar en las próximas 24-48 horas, estando este miércoles además el Comité Ejecutivo de la CEOE reunido para ver si es posible conseguirlo, y el presidente Pedro Sánchez ha confirmado esta misma mañana que este se ha consolidado.

Con esta reforma, los principales cambios que se van a producir giran en torno a los siguientes ejes: la jubilación parcial, la compatibilidad entre pensión y trabajo, la creación de un nuevo sistema de coeficientes para adelantar la jubilación sin recortes en la pensión para las profesiones penosas o peligrosas (donde los sindicatos quieren incluir a los conductores profesionales), o la colaboración entre la Seguridad Social y las mutuas en las bajas derivadas de lesiones traumatológicas. 

A continuación se explican las principales claves en las que se ha sustentado esta reforma de las jubilaciones, después de que, a la confirmación de Pedro Sánchez, también se hayan sumado las de los sindicatos. 

Mejoras en la jubilación parcial

La reforma de la jubilación ha sido uno de los puntos más difícil de consensuar. Tal como se dio a conocer recientemente, el Gobierno finalmente ha accedido a adelantar la jubilación parcial sin aumentar los años cotizados. Así pues, se amplía de 2 a 3 años el anticipo para acogerse a la jubilación parcial que se aplicará en la edad ordinaria de jubilación que corresponda en función de las cotizaciones del trabajador (el primer año la reducción estará entre un 20% y un máximo del 33%). Es decir, se mejora un año.

Asimismo, en el caso de la industria manufacturera, se han mejorado las condiciones de trabajo del relevista y del pensionista. Tal como pedía CCOO, estos serán indefinidos a tiempo completo y también se podrá concentrar la jornada de trabajo de las personas que accedan a la jubilación parcial a través de un acuerdo en el seno del centro de trabajo, que era algo que reclamaban fuertemente los sindicatos. Esto les permitirá en la práctica poder jubilarse de forma definitiva antes.

En el caso de la industria manufacturera, las condiciones anteriores a la reforma de pensiones de 2011 se aplicarán hasta el año 2029 con los siguientes ajustes:

  • La cotización de la empresa y del jubilado parcial se incrementará progresivamente en los siguientes términos: 40% en 2025; 50% en 2026; 60% en 2027; 70% en 2028 y 80% en 2029.
  • El porcentaje de trabajadores con contrato indefinido en la plantilla alcanzará al menos el 75% (como pedían también las organizaciones sindicales).
  • Se aplicará el mismo régimen de acumulación de jornada previsto para la jubilación parcial general.
  • Podrá incorporarse al proceso de relevo los trabajadores fijos discontinuos.

Reforma de la jubilación activa

La Seguridad Social también ha establecido un nuevo marco legal para compatibilizar trabajo y pensión, con el objetivo de que el tránsito sea más gradual “y adaptada a las circunstancias de cada trabajador”. Para ello, se ha creado un nuevo esquema “más flexible” de la jubilación activa, con el que, por cada año de demora de la jubilación, se pueda cobrar un porcentaje mayor de pensión que será además compatible con el incentivo de demora

Tal como han explicado los sindicatos, los trabajadores tanto por cuenta ajena como por cuenta propia sin asalariados podrán compatibilizar el 45% de la pensión con el salario el primer año; el 55% el segundo; el 65% el tercer año; el 80% el cuarto, y el 100% ya el quinto año.

En el caso de los autónomos, con un trabajador contratado por tiempo indefinido con antigüedad mínima de 18 meses o una nueva contratación se percibirá un 75% de la pensión. Este porcentaje se incrementará con un 5% anual hasta al alcanzar 100%.

También se ha acordado que el Gobierno, en el plazo de seis meses, deberá revisar, en el ámbito del diálogo social, la jubilación flexible para mejorar los porcentajes de pensión a percibir. También mejora la jubilación demorada ya que ahora se da la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses.

Adelanto de la jubilación con coeficientes

Esta reforma de las jubilaciones incorpora la modificación del Reglamento para el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad. Según El País, se va a crear un sistema general para evaluar las solicitudes de adelantos de la edad de jubilación a través de coeficientes y sin penalización en la cuantía de la pensión para trabajos penosos, tóxicos o peligrosos.

Algunos de los criterios que se seguirán para establecer estos coeficientes reductores y rebajar la edad de jubilación son la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica, las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos. Los sectores solicitantes también podrán aportar estudios epidemiológicos que afecten a su salud.

En cuanto al adelanto de la jubilación, también se ha aprobado la recuperación del coeficiente del 1,5 para los trabajadores fijos discontinuos, por lo que para estas personas trabajadoras se multiplicará cada día trabajado por 1,5 a efectos de cotización.

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