
En 2025, para jubilarse a los 65 años, es necesario haber cotizado al menos 38 años y 3 meses a la Seguridad Social, ya sea en un único régimen o en varios. La pensión máxima está fijada en 3.267,60 euros mensuales e, independientemente de si se cobra en 12 o 14 pagas, la cuantía anual no podrá superar los 45.746,40 euros. Para acceder a la pensión máxima a los 65 años, es necesario cumplir una serie de condiciones.
A la hora de acceder a la jubilación hay que saber que no es lo mismo la pensión máxima que el 100% de la pensión. El 100% de la pensión se refiere a la pensión máxima que puede recibir un trabajador según su base reguladora. Esta base reguladora se obtiene sumando las 300 últimas bases de cotización y dividiéndolas entre 350. Ahora, aunque se tenga derecho al 100% de la base reguladora, la pensión resultante nunca podrá ser superior a la pensión máxima fijada por ley.
Por otro lado, la pensión máxima es el límite máximo fijado por ley que puede percibir una persona, ya sea a través de una única pensión o cobrando varias pensiones contributivas a la vez, sin poder sobrepasarlo (salvo en el caso de percibir el complemento por brecha de género en las pensiones).
Cómo cobrar la pensión máxima de jubilación a los 65 años
Para cobrar la pensión máxima de jubilación hay que cumplir varias condiciones como haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación y tener un mínimo de cotizaciones a la Seguridad Social, que podrá ser mayor o menor en función de la base de cotización.
En este caso la edad ordinaria de jubilación está fijada en 2025 en los 66 años y 8 meses, pero con la posibilidad de poder jubilarnos a los 65 años si tenemos cotizados 38 años y tres meses. Como la intención es jubilarse a los 65 años será necesario tener como mínimo estas cotizaciones las cuales nos garantizarán el 100% de la pensión.
Esto último es así, ya que el actual método de cálculo de la Seguridad Social asigna un porcentaje en función del total de año cotizados, por lo que a más años de cotización, mayor será el porcentaje al que tendremos derecho en función de la base reguladora. Este porcentaje puede ir desde el 50%, que corresponde a quienes hayan cotizado al menos 15 años, hasta el 100%, que exige un mínimo de 36 años y 6 meses cotizados.
En la siguiente tabla se muestra cuál es el porcentaje que corresponde en función de los años cotizados:
Años Cotizados | Porcentaje de la Base Reguladora |
---|---|
15 | 50% |
16 | 52.52% |
17 | 55.04% |
18 | 57.56% |
19 | 60.08% |
20 | 62.50% |
21 | 64.82% |
22 | 67.14% |
23 | 69.46% |
24 | 71.78% |
25 | 74.10% |
26 | 76.38% |
27 | 78.66% |
28 | 80.94% |
29 | 83.22% |
30 | 85.50% |
31 | 87.78% |
32 | 90.06% |
33 | 92.34% |
34 | 94.62% |
35 | 96.90% |
36 años y seis meses o más | 100% |
Así, como hemos cotizado 38 años y 3 meses, ya que la intención es jubilarnos con 65 años, tendremos derecho al 100% de la base reguladora o lo que es lo mismo, el 100% de la pensión.
Por su parte, para cobrar la pensión máxima deberemos cotizar por una base de cotización de al menos 3.812,20 euros al mes, ya que si aplicamos la fórmula de la Seguridad Social para obtener la base reguladora que es dividir entre 350 las bases de cotización de los últimos 300 meses, el resultado será 3.267,60 euros, lo que garantizaría cobrar la pensión máxima
Cómo superar la pensión máxima de jubilación
La Seguridad Social explica en su web que se podrá superar la pensión máxima solamente cuando se perciba el complemento para la brecha de género. Esta es una cuantía que la Seguridad Social concede a los pensionistas que durante una época de su vida laboral no pudieron cotizar debido al cuidado de los hijos y por ello, vieron perjudicada su jubilación.
La cuantía del complemento para reducir la brecha de género es de 35,90 euros mensuales por cada hijo o hija, con un máximo de cuatro veces dicha cuantía. Estas serían los importes mensuales y anuales:
Número de hijos | Cuantía mensual | Cuantía anual |
---|---|---|
1 | 35,90 € | 502,60 € |
2 | 71,80 € | 1.005,20 € |
3 | 107,70 € | 1.507,80 € |
4 | 143,60 € | 2.010,40 € |
Entonces, si un pensionista cobra la pensión máxima de 3.267,60 euros y reciba el complemento por cuatro hijos sumará 143,60 euros al mes, por lo que recibirá una pensión mensual de 3.411,2 euros.
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