Todos los trabajadores, al final de su vida laboral, buscan conseguir la pensión máxima, ya sea cobrando una pensión de jubilación o varias pensiones a la vez. Para cobrarla, la Seguridad Social exige que se cumpla con ciertos requisitos de cotización, base reguladora, además, de cumplir con la edad legal de jubilación ordinaria, la cual se encuentra bajo una reforma hasta 2027 y va cambiando cada año.
La Seguridad Social explica, que a veces los trabajadores tienden a confundir entre la pensión máxima y el 100% de la pensión, dos términos que pueden parecer muy similares, pero que son completamente diferentes. El 100% de la pensión se refiere a la cantidad máxima de dinero que puede recibir una persona trabajadora cuando se jubila, calculada según su base reguladora. Esta base reguladora se obtiene sumando las 300 últimas bases de cotización y dividiéndolas entre 350.
En cambio, la pensión máxima, es el importe máximo fijado por ley al que puede llegar a cobrar, ya sea percibiendo una o varias pensiones contributivas a la vez, sin poder sobrepasarlo (salvo si se percibe el complemento por brecha de género en las pensiones).
Este importe aumenta cada año, según la revalorización de las pensiones. A partir de 2024 y según el Real Decreto-ley 2/2023, que aprueba la segunda reforma de las pensiones y que se encuentra disponible en este Boletín Oficial del Estado (BOE), las pensiones máximas se revalorizarán de acuerdo con el IPC, más un aumento adicional del 0,115% por cada año y hasta el 2050.
Requisitos para cobrar la pensión máxima de 3.175 euros en 2024
Para cobrar la pensión máxima en 2024, es necesario cumplir 3 con requisitos que son: jubilarse a la edad ordinaria, tener los años suficientes para alcanzar al 100% de la base reguladora y que lo últimos 25 años cotice por una base alta.
En el año 2024, la pensión máxima en España ha crecido en un 3,8%. Esto hace que se haya situado en los 3.175,04 euros al mes, que por 14 pagas son 44.450,62 euros al año. Esta pensión máxima es tanto para la jubilación como para cualquier otra prestación contributiva (viudedad, incapacidad permanente y orfandad).
Para este año, la edad de jubilación se sitúa en los 66 años y seis meses. En el caso de tener 38 años cotizados o más, será posible jubilarse a la edad de 65 años. También es posible acceder a la pensión máxima en la jubilación demorada, es decir, aquellos trabajadores que han alcanzado la edad ordinaria de jubilación, pero deciden prolongar su vida laboral en lugar de retirarse.
Por otro lado, es necesario tener los años suficientes para tener derecho al 100% de la pensión o lo que es lo mismo, el 100% de la base reguladora. Para conseguir esto, es necesario tener cotizados 36 años y seis meses. Estas cotizaciones serán válidas hasta 2027. A partir de esa fecha, el sistema cambiará y será necesario tener 37 años.
Por último, es necesario que los últimos 25 años anteriores a la jubilación (o hecho causante) se cotice por una base de cotización de al menos 3.704,22 euros. De esta forma, y aplicando el método de cálculo de la Seguridad Social para obtener la base reguladora, que es sumar las 300 últimas bases y dividirla entre 350, el resultado sería de 3.175,04 euros, que coincide con la pensión máxima.
Otras noticias interesantes
-
Los dos beneficios económicos que puedes solicitar en la pensión de jubilación en 2024: hasta 12.000 euros
-
Qué pensión de jubilación cobraré con un sueldo de 1.500 euros en 2024
-
Tabla de retenciones del IRPF en la pensión de jubilación para 2024
Lo más leído
-
La Seguridad Social tiene prohibido revisar la incapacidad permanente a partir de esta edad
-
El país de Europa que aprobó la jornada laboral de 4 días en 2019 y que cinco años después la productividad ha aumentado
-
Así subirán las pensiones a partir de enero de 2025: jubilación, viudedad, incapacidad permanente y no contributivas
-
70 años y 43 años trabajando en la misma empresa sin poder jubilarse por la hipoteca: "la vida no debería de ser tan difícil"
-
Precio de la luz mañana, 23 de diciembre, por horas: cuándo es más barata y más cara
-
Trabajo lo confirma: los trabajadores tendrán derecho “a no ser localizables” fuera de su jornada y se prohíbe la comunicación por cualquier vía