En España, abandonar el mercado laboral puede tener un sabor agridulce para algunas personas. Al solicitar la jubilación pueden sufrir el rechazo de esta por la Seguridad Social al no cumplir con un periodo mínimo de cotización. Pero esto no quiere decir que se queden sin ayuda. Son muchos quienes preguntan qué pensión puedo cobrar si no he cotizado lo suficiente. Existe una específica, aunque les obliga a cumplir con unos requisitos.
Bajo la gestión de esta ayuda específica no está la Seguridad Social, sino el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y corresponde con la pensión no contributiva de jubilación. A ella pueden acceder las personas que al cumplir los 65 años no cumplen con un periodo de carencia: cotizar un mínimo de 15 años en alguno de los regímenes contributivos españoles, dos de los cuales deben cotizarse dentro de los 15 años anteriores a la solicitud.
Para optar a esa ayuda no contributiva deben demostrarse también una carencia de rentas, así como un periodo mínimo de estancia en el país residiendo de forma legal, como se verá a continuación.
Cabe recordar que, a pesar de no haber cotizado lo suficiente, la Seguridad Social sí que les permite de forma vitalicia asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, como reza en la plataforma online del Imserso.
Requisitos para cobrar la pensión no contributiva de jubilación
Entre los requisitos para ser beneficiario de la pensión no contributiva de jubilación está demostrar una carencia de anuales. En este año no puede sobrepasar los 6.784,54 euros al año. Para su comprobación, se suman todas las rentas tanto del solicitante como de los miembros que forman parte de su unidad de convivencia.
En algunas situaciones extraordinarias, es posible sobrepasar este límite cuando se conviva con parientes de segundo grado de consanguinidad (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos). Así, si conviven con dos parientes, el límite son los 11.533,72 euros anuales; si se conviven con tres, los 16.282,90 al año y; si es con cuatro o más, el tope de ingresos es de 21.032,08 euros anuales.
Cuando entre esos parientes está alguno de sus padres o hijos, si convive con dos de ellos, el límite es de 28.834,30 euros al año; si son tres, el límite es de 40.707,25 euros anuales y, si son cuatro o más, el límite queda fijado en 52.580,20 euros al año.
Al mismo tiempo, debe demostrarse un mínimo de 10 años residiendo de forma legal en España desde que cumplió los 16 años hasta el momento en el que se solicita la pensión, dos de los cuales han de ser consecutivos y anteriores a la solicitud.
Cuantía y cómo solicitar la pensión no contributiva de jubilación
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una pensión no contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas. Así reza en la plataforma web del Imserso. La razón es que tienen transferidas las funciones. En las ciudades autónomas de Ceuta y de Melilla se hace directamente por el Imserso.
La administración pública da la opción a que en las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social, se facilite el impreso correspondiente, o por correo.
El importe anual para el año 2023 es de 6.784,54 € anuales, que se abona en 12 pagas al año junto a dos pagas extra. Si la persona vive con más beneficiarios de esta pensión en el mismo domicilio, la cuantía se verá reducida a un 25% de la mínima.
Así, la íntegra queda fijada en 484,61 euros mensuales, mientras que la mínima del 25% queda en 121,15 euros al mes. Si coincidieran dos beneficiarios de esa ayuda en el mismo hogar, la cuantía de cada uno es de 411,92 euros al mes, mientas que si son tres o más, cada uno recibe 387,69 euros mensuales.
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