
Recibir una herencia siempre es motivo de alegría, sobre todo para aquellos pensionistas y jubilados que no tienen una cuantía muy alta. Llegado el momento del fallecimiento de un familiar, surge la necesidad de conocer el truco para cobrar una herencia si perder la cuantía de la pensión. Algo que han querido explicar desde el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
En el momento de tener que cobrar una herencia existen dos opciones: o aceptarla o rechazarla. Si un pensionista resulta beneficiario y dedica cobrarla, no puede exceder el límite de rentas exigidas por el organismo público fijado en cada año. Y es que hay una vía por la que eso es posible y a la que pueden acogerse tanto los beneficiarios de esta no contributiva de jubilación o invalidez.
Ante esta situación, se presenta un escenario en la que la persona que cobra la herencia tiene un periodo de tiempo para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que recibirá cierta cantidad de dinero, lo que produce una variación de sus ingresos. Un trámite fundamental, ya que existe hasta cuatro motivos por los que la persona puede perder su pensión.
La vía del Imserso para cobrar una herencia sin perder la pensión no contributiva
Todos los perceptores de la pensión del Imserso son los que recibe una cuantía mínima cuando no han cotizado lo suficiente en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para recibir una pensión contributiva, por ejemplo, menos de 15 años para la pensión de jubilación. El Gobierno no los desprotege, sino que evita que sufran una vulnerabilidad económica.

Desde el Imserso informan que en el momento en el que una persona tienen el derecho a recibir una herencia, está obligado a comunicar en el primer trimestre del año una declaración de los ingresos totales de la unidad familiar donde conviva. Así, la vía para no perder la pensión sin tener que rechazar la herencia consiste en no superar el límite de ingresos impuestos en cada ejercicio económico.
Una vez que acepta la herencia, tiene un plazo de 30 días para comunicar a la TGSS del dinero que recibirá. En caso de que estos transcurran son comunicar ese ingreso extra, esta administración procede a la suspensión de ese pago mensual.
En este 2023, ese límite de ingresos está fijado en los 6.784,54 euros anuales. Sin embargo, eso solo es a nivel individual, la cosa cambia cuando convive dentro de una familia. Estas rentas anuales deberán ser inferiores a las siguientes cifras:
Si vive con un cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado:
- Con dos convivientes: 11.533,72 euros al año.
- Con tres convivientes: 16.282,90 euros al año.
- Con cuatro convivientes o más: 21.032,08 euros al año.
Si vive con parientes consanguíneos entre los que están padres o hijos:
- Con dos convivientes: 28.834,30 euros al año.
- Con tres convivientes: 40.707,25 euros al año.
- Con cuatro convivientes: 52.580,20 euros al año.

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