El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece diferentes tipos de prestaciones y subsidios por desempleo según la situación laboral de cada persona trabajadora. En el caso de los trabajadores de campo mayores de 52 años, el SEPE ofrece un subsidio especial que no es el mismo que el subsidio para mayores de 52 años.
Este es el subsidio especial agrícola para mayores de 52 años. La diferencia entre ambos subsidios consiste en que mientras al subsidio para mayores de 52 años acceden los trabajadores por cuenta ajena bajo el régimen General de la Seguridad Social, en el subsidio especial agrícola son los trabajadores bajo el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social.
Mientras que un subsidio por desempleo se puede solicitar tras agotar la prestación contributiva o bien si no se tiene derecho a ella, pero hay una vulnerabilidad económica (tener ingresos por debajo del 75% del SMI), en el subsidio agrario será necesario contar con un mínimo de jornadas reales trabajadas.
El SEPE informa que hay dos tipos de subsidio por desempleo como medidas de protección para estos trabajadores. Uno de ellos es el subsidio agrario general, el otro, es el subsidio especial agrícola para mayores de 52 años. Este cuenta con un gran beneficio y, es que se renueva cada doce meses hasta llegar a la edad ordinaria de jubilación, pero será necesario reunir una serie de condiciones exigidas por el Servicio Público de Empleo.
Requisitos del subsidio agrario para mayores de 52 años
Para acceder al subsidio especial para mayores de 52 años, los trabajadores deberán cumplir con unos requisitos generales y otros específicos. Todos ellos vienen explicados en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Entre los requisitos generales del subsidio agrario, los trabajadores mayores de 52 años deberán reunir, además, los siguientes:
- Ser persona trabajadora por cuenta ajena de forma eventual y encontrarse incluido en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de la Seguridad Social (SEASS) y estar en situación de alta o asimilada al alta.
- Ser residentes en alguna localidad de Andalucía o Extremadura.
- Estar en situación legal de desempleo y estar debidamente inscrito como demandante de empleo. Además, habrá que firmar el compromiso de actividad.
- Tener una edad entre los 52 años y no haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, excepto no tener cotizaciones para acceder a la pensión.
- Haber cotizado en el Régimen General de la Seguridad Social (SEASS) o al antiguo Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) ininterrumpidamente como eventual agrario durante los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- Reunir los requisitos que dan acceso a la pensión de jubilación, es decir, contar con 15 años cotizados a lo largo de toda la vida laboral.
- Haber sido perceptor del subsidio de desempleo para trabajadores eventuales agrarios ininterrumpidamente durante los últimos 5 años.
- Estar al corriente en el pago de la cuota fija por contingencias comunes al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social, en los doce meses naturales anteriores a la solicitud, o en su caso, en el periodo inferior que se haya mantenido en alta.
Los trabajadores mayores de 52 años que cuenten con un contrato fijo discontinuo no podrán acceder a este subsidio por desempleo.
Duración y cuantías para 2023
El subsidio agrícola para mayores de 52 años dura doce meses (360 días). Una vez agotado el derecho al subsidio, el trabajador podrá solicitar la renovación por otros doce meses más, siempre que cumpla con los requisitos y así, hasta que la persona trabajadora alcance la edad ordinaria para acceder a la pensión de jubilación.
La cuantía del subsidio agrícola para mayores de 52 años es de 480 euros al mes. Esto corresponde al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento.
El subsidio agrícola especial para mayores de 52 años se puede solicitar en la Sede Electrónica del SEPE, en las oficinas de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal, con cita previa o por teléfono, llamando al 91 926 79 70 o al 060, el número de Atención a la Ciudadanía.
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