En España, los trabajadores que se acercan la edad de jubilación intentan averiguar si: ¿Puedo cobrar la pensión de jubilación con 15 años cotizados? La Seguridad Social confirma que ese es el periodo mínimo exigido, pero advierte que también hay un motivo especifico por el que la puede denegar, a pesar de cumplir con este requisito.
Es normal que a la hora de hacer el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación, la persona demuestre largos periodos sin cotizar, por ejemplo, en los momentos en los que se han dedicado a la crianza de los hijos. Para ayudarles, el Instituto Nacional de la Seguridad Social les integra lagunas de cotización en los 25 últimos años antes de la solicitud, el periodo que por ley se toma para saber cuál es la base reguladora que les corresponde.
Entonces, si cumplen con el mínimo de 15 años cotizados que se les exige para cobrar la pensión contributiva, ¿por qué muchos se encuentran con el ‘No’ de la Seguridad Social?
El motivo por el que la Seguridad Social no deja cobrar la jubilación con 15 años cotizados
Como toda ley tiene su letra pequeña, la Ley 8/2015, General de la Seguridad Social, también tiene sus propias exigencias. Para entender el porqué puede rechazar el acceso a la jubilación con 15 años cotizados hay que pararse y ver en detalle los periodos de cotización exigidos.
Por un lado, hay que demostrar un periodo general de 15 años. Por otro, hay que acreditar un periodo específico: “dos de esos años deben estar incluidos dentro de los 15 años anteriores a la solicitud”. Esto es importante porque este es el motivo exacto de por qué muchos beneficiarios no acceden a la jubilación.
Sin embargo, esta situación tiene solución. Es posible retrasar la jubilación unos años y aumentar las cotizaciones. Estas también pueden aumentarse sin cotizar pagando una cuota mensual en algún Convenio Especial de la Seguridad Social. También es posible una mezcla de ambas opciones y trabajar en jubilación parcial o activa al mismo tiempo que se cobra la pensión. El objetivo de todas estas medidas es aumentar ese periodo de cotización.
Qué ocurre si finalmente la Seguridad Social no acepta la jubilación
En caso de que no se tuviera derecho a la jubilación contributiva, quedaría una última opción: cobrar la pensión no contributiva de jubilación del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). Está dirigida a todos aquellos mayores de 65 años cuyos ingresos anuales no superan los 7.250,60 euros.
La persona tiene que demostrar un máximo de ingresos, que pueden ser mayores a lo anteriormente mencionado si conviven con otros familiares.
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