En España, para acceder a la pensión contributiva de jubilación es necesario tener al menos 15 años cotizados a la Seguridad Social, de los cuales, al menos 2 deben haberse cotizado en los últimos 15 años. Sin embargo, la edad ordinaria de jubilación puede variar dependiendo de cotizaciones aportadas a lo largo de toda la vida laboral del trabajador.
Esto se debe a que el sistema español de pensiones de la Seguridad Social se encuentra bajo una reforma que comenzó en 2011, bajo la Ley 27/2011 y que empezó a aplicarse en 2013 (publicado en este Boletín Oficial del Estado). En este, se estableció que las personas que no llegarán a un mínimo de cotizaciones, se extendería su edad de retiro de manera progresiva hasta llegar a los 67 años en el año 2027. Por lo tanto, existen dos edades de jubilación que dependen de las cotizaciones realizadas al sistema.
Ahora mismo y para este 2023, la edad ordinaria de jubilación en España es de 66 años y 4 meses cuando se acrediten menos de 37 años y 9 meses de cotizados. Para quienes tienen 37 años y 9 meses o más cotizados, la edad profesional para retirarse es de 65 años.
Aunque esta sea la edad ordinaria, el sistema de pensiones de la Seguridad Social es flexible y permite adelantar la edad de retiro, lo que se conoce como jubilación anticipada. Ahora, a qué edad me puedo jubilar con 20 años cotizados y sobre todo, qué pensión me quedará.
Cuál es la edad de jubilación con 20 años cotizados
Actualmente, en 2023, la edad ordinaria de jubilación con 20 años cotizados se sitúa en los 66 años y cuatro meses. Esta edad irá aumentando dos meses cada año hasta alcanzar los 67 años. Así lo recoge la Ley 27/2011, de 1 de agosto.
La razón es que con esas cotizaciones no se alcanza el mínimo para jubilarse con 65 años, que son los 37 años y 9 meses. Estas cotizaciones también aumentarán a razón de cuatro meses por año. Por lo que cada año, será más duro jubilarse tal y como se muestra en la siguiente tabla.
Año | Períodos cotizados | Edad exigida |
---|---|---|
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 o más años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
En el caso de plantearse una jubilación anticipada no será posible en este caso. Esto se debe a que para poder acceder a la jubilación anticipada se requerirá tener 33 años, en el caso de una jubilación anticipada forzosa, y 35 años, para la jubilación anticipada voluntaria, tal y como explica la Seguridad Social en su página web.
Ahora, la edad mínima de jubilación para trabajadores con una discapacidad igual o superior al 45% y con 20 años cotizados, se situará de manera excepcional en los 56 años. En el caso de tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la edad mínima de retiro se situará en los 52 años. Para acceder a esta modalidad es necesario contar con algunas de las discapacidades enumeradas en el anexo del Real Decreto 1851/2009.
¿Qué pensión de jubilación queda con 20 años cotizados?
Con 20 años cotizados se tiene derecho a cobrar el 64,28% de la base reguladora. Para calcular la cuantía exacta es necesario acudir al método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social. Este suma las bases de cotización de los últimos 25 años y el resultado hay que dividirlo entre 350. El resultado será la base reguladora o lo que se conoce como el 100% de la pensión de jubilación.
A continuación, es necesario aplicar el coeficiente que refleja el efecto de la inflación a fin de evitar que, durante los primeros 25, salvo los dos más recientes, se produzca una pérdida de poder adquisitivo. Además, es posible integrar las lagunas de cotización para rellenar los años en blanco con cotizaciones ficticias. De esta forma, durante los primeros 48 meses cotizarán por 100% de la base mínima de cotización y el resto de meses se rellenará con el 50% de la base mínima.
Después de esto, será necesario aplicar el porcentaje correspondiente según los años trabajados sobre la base reguladora. Los primeros 15 años de cotización darán derecho al 50% de la base reguladora. Luego, en los siguientes 49 meses de cotización (equivalentes a 4,08 años), se añadirá un aumento adicional del 10,29% a la base reguladora. Por último, a lo largo de los 21 meses siguientes hasta alcanzar 20 años de cotización, se sumará un incremento del 3,99% más a la base reguladora y que dará como resultado un 64,28% de la base reguladora.
En el caso de que tras realizar el cálculo las cuantías fueran inferiores a las mínimas fijadas por el Gobierno, se podrá solicitar el complemento a mínimos en la pensión (consulta las cuantías mínimas en 2023).
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