Malas noticias para cobrar el subsidio para mayores de 52 años si no has cotizado lo suficiente por desempleo

El SEPE puede negar el cobro del subsidio para mayores de 52 años si no se demuestra un periodo mínimo de cotización por desempleo y otro para la jubilación.

Isabel Gómez

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el organismo encargado de proteger a los trabajadores desempleados que con 52 años o más se quedan fuera del mercado laboral y tienen bajos recursos económicos. Sin embargo, para cobrar el subsidio para mayores de 52 años se les exigirá un requisito específico de cotización. Si no han cotizado lo suficiente por desempleo, se quedan fuera de cobrarlo, a pesar de cumplir con el resto de exigencias.

Esto puede suponer un gran problema, ya que el regreso al mercado laboral a partir de esta edad es un poco difícil. Además, las cotizaciones de los 25 años anteriores a la jubilación son fundamentales para cobrar más o menos de pensión. Es por eso que este subsidio es el único que cotiza para la jubilación por el 125% de la base mínima vigente.

Así, a pesar de que los ingresos de desempleado no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (850,5 euros al mes) y mantenga la condición de demandante de empleo; es posible que se tope con la negativa del SEPE para cobrar dicho subsidio por desempleo.

¿Cuál es el tiempo de cotización exigido para cobrar el subsidio para mayores de 52 años?

Tal y como apunta el SEPE a través de su portal web, los desempleados que quieran optar al subsidio para mayores de 52 años deben cumplir con un periodo mínimo de cotización que consiste en el siguiente:

  • Haber cotizado durante 15 años para la pensión de jubilación, dos de los cuales deben estar incluidos en los 15 años anteriores a la solicitud. Por ejemplo, un trabajador que tenga 18 años cotizados, pero en los últimos 20 no ha trabajado ni cotizado, no cumpliría el requisito
  • Haber cotizado un mínimo de seis años para la prestación contributiva por desempleo (el paro) en el Régimen General. Eso significa que una persona que haya trabajado 35 años solo como autónomo tiene derecho a su jubilación cuando alcance la edad, pero no podrá solicitar este subsidio para mayores de 52 años si quedase desempleado, solo el cese de actividad.

¿Cambia la cuantía del subsidio para mayores de 52 años tras la reforma de los subsidios?

No, no cambia. A pesar de que la citada norma incluye que a partir del 1 de noviembre cambie la cuantía de los subsidios, los perceptores del destinado a desempleados mayores de 52 años seguirá siendo del 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). Es decir, que durante todo el tiempo que se cobre la ayuda asistencial se reciben 480 euros al mes.

Otras noticias interesantes

Lo más leído

Archivado en: