Los hipotecados aún tienen tiempo para recuperar miles de euros cobrados por los bancos de forma indebida. Y es que aunque en un principio se establecía que el plazo de reclamación de los gastos de las hipotecas terminaba este 14 de abril, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictamina que podrán reclamarse al banco en el mismo momento en que la persona conozca que está afectada por dichos cobros.
Esto quiere decir que el hipotecado podrá reclamar al banco las cantidades cobradas de forma indebida en la firma de la hipoteca para la compra de su vivienda, en el momento en que descubra asumió dichas cantidades, sin haber una fecha límite para hacerlo. Por este motivo, conviene revisar a qué gastos se hizo frente.
La reclamación de estos gastos al banco podrá hacerse además independientemente de que la hipoteca se firmara hace 20 años, e incluso si la hipoteca está actualmente cancelada, pudiéndose recuperar cantidades que oscilan entre los 1.500 y los 3.000 euros dependiendo de la hipoteca.
Cómo revisar las hipotecas para poder reclamar los gastos al banco
A partir de la entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario el 26 de junio de 2019, se estableció que son los bancos los que tienen que hacerse cargo de los gastos derivados de la firma de la hipoteca a excepción de la tasación que tendrá que pagarla el cliente.
Hasta esa fecha, lo habitual era que los bancos cobrasen a sus clientes por dichos conceptos, y esto ha sido considerado abusivo por la justicia, de modo que a aquellas personas que firmasen su hipoteca antes de dicha fecha, e hicieran pagos por dichos conceptos podrán reclamar a sus bancos las siguientes cantidades:
- 50% gastos de notaría
- 100% gastos de Registro de la Propiedad
- 100% gastos de gestoría
- 100% comisión de apertura
- 100% tasación
Cómo reclamar al banco los gastos de forma indebida
Para poder reclamar habrá que disponer de documentos que acrediten que se hicieron dichos pagos, como por ejemplo una factura, además es conveniente presentar junto a ellos una copia de la escritura, y los DNI de todos los hipotecados.
Una vez recopilada la documentación, habrá que presentar una reclamación en el banco, que podrá hacerse directamente en la oficina o a través del servicio de atención al cliente, según la entidad. Tras recibirla, el banco tendrá dos meses para responder a la misma.
En el caso de no recibir respuesta en este plazo, se entenderá como rechazada y habrá que recurrir a la reclamación de dichos gastos por la vía legal, para lo que se necesita contratar los servicios de un abogado y un procurador.
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