Los becarios cotizarán desde el 1 de enero de 2024 pero con problemas y una “letra pequeña”

La cotización de los becarios es obligatoria desde el 1 de enero de 2024 y las universidades ya avisan de problemas. Además, viene con letra pequeña: no cotizan por desempleo.

Alumnos en un aula
Cotización de los becarios: flecos sueltos EFE
Esperanza Murcia

El próximo 1 de enero de 2024 entra en vigor la cotización de los becarios. Los estudiantes en prácticas, sean remuneradas o no, empezarán a cotizar a la Seguridad Social, tal como se acordó en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo. Se trata de una medida independiente del Estatuto del Becario, que se encuentra paralizado, y que se enmarcó en la reforma de las pensiones del exministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá. Por ello, es de obligado cumplimiento para las empresas

No obstante, se está encontrando un problema: las universidades están denunciando el rechazo de las empresas e instituciones públicas a asumir la parte de cotización que les corresponde. Como consecuencia, tal como denunció el pasado mes de noviembre la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (Crue), en su asamblea general, las universidades se han visto obligadas a costear estas cuotas y la gestión de altas y bajas para que el estudiantado pudiera titularse. 

“De no ser así, no habría graduados/as en Medicina, Enfermería o Magisterio en los próximos años. La Asamblea considera que, dado que una parte sustancial de las prácticas se realizan en organismos públicos, estos deberían asumir la gestión y el pago”, explicaron en un comunicado. En este sentido, hay que recordar el hecho de que la cotización se aplica también a las prácticas no remuneradas, que forman parte del plan de estudios. Por ello, es obligatorio hacerlas para que el alumnado se gradúe.

Eso deja a las universidades con dos "únicas soluciones": o quitarlas del plan de estudios, lo que perjudicaría en la formación de estos alumnos, o asumir ellas el coste. De ese modo, lo que debería ser una medida excepcional (que las universidades asuman esta cotización, y no las empresas e instituciones) se está convirtiendo en la norma general. Es así porque ya se están firmando prácticas que se prolongan al próximo año, o que comienzan en 2024, por lo que el problema ya se está produciendo, aunque oficialmente no haya comenzado la cotización. 

La letra pequeña de la cotización de los becarios: no cotizan por desempleo

La cotización de los becarios, que comienza el 1 de enero de 2024, afecta a los alumnos que realizan prácticas formativas o académicas externas incluidas en el plan de estudios, incluyendo tanto a los estudiantes universitarios (de grado, máster, doctorado, diploma o título propio de la universidad) como a los de Formación Profesional. Los únicos que quedarían excluidos son los que realizan prácticas a bordo de embarcaciones, que estarían incluidos en el Régimen Especial del Mar. 

Para reducir su impacto en las empresas e instituciones, la cotización de estos alumnos está bonificada al 95%, por lo que estas solo tendrían que encargarse del 5% restante. Sin embargo, este nuevo derecho de los becarios tiene su letra pequeña: les beneficia de cara a la pensión, ya que tendrán más años cotizados, pero no cotizan por desempleo. Por ello, no les servirá para pedir el paro o los subsidios por desempleo del SEPE, ya que las prácticas no le aparecerán cotizadas a estos efectos. 

Tampoco cotizan por FOGASA, formación profesional ni para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), el llamado “impuesto de las pensiones”, que en realidad no es un impuesto sino una cotización social adicional para reforzar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social y asegurar las pensiones de los próximos años. 

Cómo se aplican las cotizaciones de los becarios

Los alumnos anteriores descritos tendrán que ser dados de alta como trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social. El alta se dará al inicio de las prácticas, mientras que la baja se realizará cuando finalicen, “sin perjuicio de que para la cotización a la Seguridad social y su acción protectora se tengan en cuenta exclusivamente los días en que se realicen dichas prácticas”. 

El plazo para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) el alta y baja será de 10 días naturales a contar desde el inicio o finalización de las prácticas. Por último, señalar que el Gobierno avanzó que iban a implantar planes específicos por parte de la Inspección de Trabajo para evitar el fraude.

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