La Seguridad Social ofrece una prestación económica de 2.000 euros a las familias con dos hijos que cumplan con ciertos requisitos de situación familiar y de ingresos, destinada a apoyar a los hogares con hijos nacidos o adoptados a partir del 16 de noviembre de 2007. Esta ayuda gestionada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca minimizar la carga económica que supone la crianza de una hija o hijo. Para acceder a ella es necesario cumplir una serie de requisitos.
Esta ayuda que se cobra en un pago único y está dirigida a familias numerosas, monoparentales y a progenitores con una discapacidad igual o superior al 65%. Además, tiene límites de ingresos que varían en función de la composición y situación familiar, establecidos anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Desde la Seguridad Social explican que es necesario que el nacimiento o adopción haya sido reconocido en territorio español, puesto que en los casos de acogimiento familiar no se podrá acceder a esta prestación. La ayuda en si son 1.000 euros por hijo en un pago único, que en el caso de que se tuvieran 2 hijos serán 2.000 euros y si fueran 3, 3.000 euros.
Requisitos para acceder a la ayuda
Además de formar parte de uno de los grupos familiares mencionados, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:
- Los beneficiarios deben residir legalmente en el territorio español al momento de la solicitud.
- Los ingresos anuales del solicitante, o de ambos progenitores en caso de convivencia, no deben superar los límites establecidos por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Si los ingresos combinados exceden el límite, ninguno de los progenitores podrá recibir la ayuda.
- Los beneficiarios no deben estar percibiendo otra prestación de la misma naturaleza en ningún otro régimen de protección social.
Además, hay que tener en cuenta que el derecho a solicitar esta ayuda prescribe a los cinco años desde el día siguiente al nacimiento o adopción del menor. Transcurrido este plazo, la solicitud de la prestación ya no será posible.
Cuantías
La prestación por nacimiento o adopción de la Seguridad Social consiste en un pago único de 1.000 euros por cada hijo que cumpla los requisitos, de modo que si una familia tiene dos hijos, recibirá 2.000 euros, y si tiene tres, percibirá 3.000 euros. Ahora, si los ingresos del solicitante superan el límite establecido, pero no exceden del importe conjunto que resulta de sumar dicho límite más el importe de la prestación, se abonará la diferencia entre los ingresos percibidos y el límite establecido.
Por ejemplo, imaginemos que esta familia con dos hijos tiene unos ingresos anuales de 16.500 euros. En este caso, los ingresos superan el límite permitido en 387,35 euros (16.500 euros - 16.112,65 euros). Para calcular la ayuda ajustada, se resta este exceso del importe total de la prestación: 2.000 euros - 387,35 euros = 1.612,65 euros. De este modo, en lugar de recibir la cantidad completa de 2.000 euros, la familia recibiría una ayuda de 1.612,65 euros.
En este listado se puede consultar el límite de ingresos para familias numerosas, monoparentales y progenitores con discapacidad:
- 1 hijo: 14.011,00 euros al año.
- 2 hijos: 16.112,65 euros al año.
- 3 hijos: 18.214,30 euros al año.
- 4 hijos: 20.315,95 euros al año.
- 5 hijos: 22.417,60 euros al año.
- 6 hijos: 24.519,25 euros al año.
- 7 hijos: 26.620,90 euros al año.
- 8 hijos: 28.722,55 euros al año.
- 9 hijos: 30.824,20 euros al año.
- 10 hijos: 32.925,85 euros al año.
En el caso de familias numerosas (a partir de tres hijos) con título oficial de familia numerosa los limites de ingresos serán los siguientes:
- 3 hijos: 21.086,00 euros al año.
- 4 hijos: 24.502,00 euros al año.
- 5 hijos: 27.918,00 euros al año.
- 6 hijos: 31.334,00 euros al año.
- 7 hijos: 34.750,00 euros al año.
- 8 hijos: 38.166,00 euros al año.
- 9 hijos: 41.582,00 euros al año.
- 10 hijos: 44.998,00 euros al año.
Cómo solicitar la ayuda
Para solicitar la ayuda, los interesados pueden hacerlo de forma online a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (se puede acceder a través de esta enlace directo), si se tiene certificado digital o DNI electrónico; a través de la plataforma de ‘Solicitud y Trámites de Prestaciones’. Otra forma, es haciéndolo de manera presencial en las oficinas o Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), pero pidiendo antes cita previa.
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