Hacienda continua con la intensificación de las medidas fiscales con especial atención a los trabajadores autónomos y Pymes. Como bien se especifica en el Plan Estratégico de la Agencia Tributaria 2024-2027, se seguirán aplicando las acciones pertinentes para prevenir prácticas fraudulentas relacionadas con la economía sumergida.
Por eso, desde la Agencia Tributaria (AEAT) están llevando a cabo un exhaustivo seguimiento del uso del efectivo (ya en 2021 se redujo el límite de pago en efectivo de 2.500 euros a los 1.000 euros). En su lucha para prevenir el fraude fiscal, la AEAT ha puesto el foco en los profesionales que no ofrecen a sus clientes la posibilidad de pagar con tarjeta, ya sea de crédito o débito, transferencia bancaria o bizum. El uso de estos sistemas de pago por medios bancarios, facilitaría el seguimiento de los ingresos reales de los autónomos y las pequeñas empresas.
Además de los medios de pago irregulares, Hacienda seguirá de cerca a los profesionales que obtengan sus rentas de bienes o prestaciones de servicios que se realicen directamente al consumidor final. Por otra parte, los signos externos de riqueza, de patrimonio, de rentabilidad o de información financiera que presenten incoherencias con los ingresos declarados serán investigados.
Como se recoge en esta Resolución del 21 de febrero de 2024 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (se puede consultar en este Boletín Oficial del Estado), ‘Se llevarán a cabo actuaciones de control de aquellos contribuyentes que declaran una evolución irregular o anómala del importe de sus existencias que sea inconsecuente con su actividad declarada e indicio de la posible existencia de ventas ocultas’.
Control del uso abusivo de sociedades
Otro de los posibles fraudes que se intenta prevenir desde la Agencia Tributaria, está directamente relacionado con la creación de sociedades unipersonales, patrimoniales o familiares. En ocasiones, este tipo de sociedades se constituyen únicamente para reducir la factura fiscal el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) mediante el Impuesto sobre Sociedades (IS).
Para ello, desde la AEAT se está vigilando que este tipo de acciones no se utilicen como vía para la evasión de impuestos, por eso `las operaciones clásicas que rodean a cualquier sociedad de capital (constitución, aumento y reducción de capital, disolución y liquidación, separación de socios, etcétera) serán objeto de un seguimiento particular al objeto de que no sirvan de cobertura para disimular las capacidades económicas de sus propietarios en el IRPF, o sirvan de refugio de rentas opacas’.
Plataformas alternativas para los pagos virtuales
El surgimiento de plataformas de pagos virtuales que operan en España, pero no tienen presencia física, podría facilitar la elusión de impuestos y fraude fiscal. Pueden operar en Europa de forma legal, pero no están obligadas a facilitar información sobre pagos. La presencia de estas entidades aún no tiene una repercusión significativa es el país, pero desde la AEAT no descartan que estos ‘neobancos’ puedan ser un problema.
A modo de prevención, Hacienda incrementará el control de las empresas que utilicen sistemas de cobro a través de plataformas que no se cojan a las obligaciones de suministro de información de pagos por medio de tarjetas de crédito y débito, a fin de evitar que estas incurran en delitos de evasión fiscal o fraude.
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