
Hacienda continúa en el mes de diciembre enviando cartas a los contribuyentes para recordarles sus obligaciones fiscales. En algunos casos, estas solo son simples informaciones pero en otros, pueden ser expedientes sancionadores, por lo que se debe estar atento al correo que llega al buzón del domicilio. No hay que asustarse, pero tampoco descuidarse para no generar una deuda económica que más tarde sea difícil pagar.
Existen diferentes tipos de notificaciones que puede enviar la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), por lo que es importante como primer paso, comprobar de cuál se trata. Según la web Taxdown, si se tratara de una infracción se podrían tener que pagar entre 100 euros para las más leves, y 600.000 euros para los casos más graves. Pero entonces, ¿qué tipos de cartas existen y que hay que hacer si recibo una notificación de Hacienda por correo?
Qué es una notificación de Hacienda y qué tipos de cartas pueden llegar a domicilio
Una notificación de Hacienda es un requerimiento que se envía a un contribuyente para pedirle información y documentación. Es cierto que en la mayoría de los casos suele ser por alguna incidencia relacionada, por ejemplo con algún error en la Declaración de la Renta o sanción por no pagar algún impuesto. Sin embargo, no siempre es así, ya que puede ser que se requiera comprar algunos datos personales o entregar algún documento adicional.
Una buena forma de evitar sustos a la hora de recibir una carta de Hacienda, es conocer qué tipos de comunicaciones envía, para poder identificarlas. El portal taxdown, ha hecho una clasificación sobre este tipo de correspondencia:
- Carta Comunicativa: esta es una notificación informativa, suelen ser certificadas y por eso hay que recibirlas en persona para que Hacienda sepa que la hemos recibido, si no es así, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Comprobación: la Agencia Tributaria puede pedir una comprobación de datos, que pueden ser de tres tipos. Requerimiento: cuando no coinciden los datos que se han aportado con los que tiene la AEAT, por lo que puede pedir documentación para actualizarlos. Propuesta de liquidación: notifica que se ha corregido según su propio criterio alguna declaración que se ha presentado como contribuyente. En el caso de no estar de acuerdo, se puede presentar una alegación. Y en tercer lugar, una resolución del procedimiento: Hacienda informa sobre la resolución de alegaciones que se hayan presentado.
- Información respecto a otra persona: en esta comunicación Hacienda solicita información sobre alguna empresa, cliente o proveedor con el que se haya tenido alguna relación y se deberá responder en el plazo indicado.
- Providencia de apremio: se envía cuando existe una deuda tributaria y ya se ha pasado el plazo para pagar de forma voluntaria, por lo que se aplicarán intereses por demora.
- Diligencias de embargo: en este caso se informa que existe una deuda con el Tesoro Público y la devolución del dinero debe ser inmediata. Por lo que hay que contestar lo más pronto posible.
- Investigación fiscal: Hacienda informa sobre el inicio de una investigación fiscal, se solicitará documentación y se debe responder de inmediato.
- Expediente sancionador: informa que se ha cometido alguna infracción y que se iniciará un expediente sancionador. En esta carta se explicará el tipo de impuesto que no se ha pagado, y la cantidad de dinero que se considera se ha defraudado al Fisco. Si no se está de acuerdo, se puede iniciar una defensa.
¿Qué hacer si recibo una carta de Hacienda?
En España, un total de 23 millones de contribuyentes realizaron su Declaración de la Renta en 2023, por lo que es bastante común que aún, a días de terminar el año, se están recibiendo cartas que puedan tener relación con esta obligación fiscal. Pero como ya hemos visto, la notificación puede ser por distintos motivos.
Según la recomendación de los expertos, lo primero que hay que hacer es leer con detenimiento la carta y apuntar el día en que fue recibida. Se debe dar una respuesta a Hacienda, si procede, y en el caso de que el organismo no esté satisfecho, se tendrá que presentar un recurso de reposición. El último paso sería reclamar por la vía económico-administrativa.

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