Los conflictos entre hermanos a la hora de repartir las herencias están a la orden del día, y aunque son momentos delicados por la muerte de los progenitores, no estar de acuerdo con el reparto por la valoración de los bienes o por otros motivos con el resto de hermanos suele ser muy común y ante esto se genera la duda sobre qué puede hacerse en el caso de que uno de los hermanos se niegue al reparto de la herencia.
La legislación vigente establece que todos los herederos deben participar en el reparto de la herencia, y estar de acuerdo con ella, no obstante, si hay alguno de los hermanos que no quiera que se proceda al reparto del legado de sus padres, hay algunas soluciones ante dicho bloqueo.
La primera recomendación, si se encuentra ante una situación similar, es acudir a un abogado especialista en herencias, ya que estos casos pueden ser bastante complicados, en muchas ocasiones terminan en los tribunales, por lo que es conveniente estar bien asesorados desde el primer momento y que el especialista conozca cada detalle de como va evolucionando el caso.
Qué hacer uno de los hermanos se niega al reparto de la herencia
En el caso de que los hermanos no se pongan de acuerdo y uno de ellos bloquee el reparto de la herencia, el resto de herederos pueden tomar medidas al respecto. La primera de ellas es intentar llegar a un acuerdo, intentar dialogar a priori es la mejor solución para evitar tener que llegar a procesos más complejos que pueden implicar que la relación entre los hermanos se deteriore.
En el caso de que no se llegue a un acuerdo, estas serían las opciones a valorar:
Mediador especializado
Acudir a un mediador que especializado que proponga una partición lo más justa posible para todos los herederos valorando el caso
Interpelación de la herencia
Viene regulado en el artículo 1.005 del Código Civil, y es un procedimiento notarial porque el que cualquier interesado (que acredite su interés) puede pedir que el heredero acepte o rechace la herencia en un plazo de 30 días. En el caso de que pasado el tiempo estipulado el heredero rebelde no se haya manifestado, la herencia se entenderá aceptada, pura y simplemente, lo que significa que la acepta con todas sus consecuencias, es decir, incluso en el caso de que tenga deudas.
División judicial
Si se opta por esta alternativa, habría que acudir a los tribunales, de modo que se solicitaría la repartición al juzgado, de forma que la decisión quedaría en manos del juez que dictaría sentencia, estableciendo la partición, según el procedimiento recogiendo en el artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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