¿Puedo dejar toda mi herencia a mi pareja si estamos casados y no quiero dejar nada al resto de herederos?

A la hora de repartir la herencia hay que ceñirse a ciertos límites establecidos por la Ley y el cónyuge solo podrá quedarse con todo en determinados casos.

Pareja firmando un testamento
¿Puedo dejar toda mi herencia a mi pareja si estamos casados? Envato
Lucía Rodríguez Ayala

Cuándo se está pensando en el reparto de la herencia al fallecer, las personas casadas pueden preguntarse si hay alguna forma de que su cónyuge se quede con todo su patrimonio, bien porque no quieren dejarle nada a los hijos si los tienen o a cualquiera de sus otros herederos. La respuesta dependerá de la situación de la persona fallecida, y de los herederos que tenga.

Si la persona fallecida no ha hecho testamento, el reparto de la herencia se hará en función a lo que estipula el artículo 807 del Código Civil, que determina quienes son herederos forzosos, y el orden de sucesión: 

  1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

Por tanto, si el fallecido no ha hecho testamento para que el cónyuge pueda quedarse con toda la herencia, no podrá haber hijos, descendientes o ascendientes vivos. 

Cómo mejorar la herencia del cónyuge haciendo un testamento

Con la realización de un testamento, se podría favorecer al cónyuge para que pueda heredar parte de los bienes que no recibiría si no se hubiera otorgado y el fallecido tuviera otros herederos. 

No obstante, no podrían dejarse todos los bienes a la pareja en el caso de que hubiera otros herederos forzosos, ya que esta debe repartirse según los límites que establece el Código Civil, que divide la herencia en tres tercios: 

  • Legítima: se reparte a partes entre los herederos forzosos.
  • Mejora: se puede repartir como se desee entre los hijos y descendientes. 
  • Libre disposición: Pueden repartirse los bienes de la forma en la que se quieran. 

En el caso de que se quiera favorecer al cónyuge a través del testamento, hay que tener en cuenta la situación de la persona que lo realiza

Si tiene hijos o descendientes

La única forma de favorecer al cónyuge es a través del tercio de libre disposición, pero además de este derecho, según informan desde Abogados y Herencias, aunque este no tenga derecho heredar la parte del tercio de mejora, sí que tiene derecho al usufructo del mismo. 

No obstante, hay ciertos motivos por lo que se podría desheredar a un hijo, pero para que el cónyuge tuviera derecho recibir toda la herencia tendría que darse el caso de no haber más herederos forzosos. 

Si no tiene descendientes pero sí ascendientes

En el caso de que no se tengan descendientes, pero sí ascendientes, la cosa cambia, ya que el tercio de mejora también podrá repartirse como se desee, uniéndose al de libre disposición, y el cónyuge tendrá derecho a heredar dos tercios del patrimonio el fallecido, si este así lo estipula. 

Tal y como explican los especialistas en herencias, además de estos derechos, también le correspondería el usufructo de la mitad total de la herencia. 

¿Qué pasa con las parejas de hecho?

En el caso de que el fallecido no estuviera casado, sino que se hubiera registrado como pareja de hecho, en este caso, la pareja no se considerara heredero legal según la normativa estatal, por lo que solo podrían verse beneficiados del tercio de libre disposición. 

No obstante, hay algunas comunidades Autónomas que sí regulan algunos derechos a heredar de las parejas de hecho. 

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