
La Agencia Tributaria ya ha puesto punto y final a la campaña de la Renta 2024 por la que miles de pensionistas y jubilados tenían que tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En ella, muchos han obtenido la devolución del exceso de cotizaciones indebidas en las mutualidades antiguas por el periodo no prescrito de 2019-2022. Sin embargo, para otros termina con final amargo, ya que Hacienda no permite que cobren hasta 4.000 euros a los mutualistas que no han presentado la declaración.
Desde el Ministerio de Hacienda, se abrió un formulario de solicitud el pasado 20 de marzo para que los mutualistas solicitaran el dinero que el Tribunal Supremo obligaba a devolver a la administración tributaria, por una sentencia previa. En cuanto empezó la Renta 2024, se comunicó que estos verían el dinero en forma de devolución en el borrador del IRPF.
Sin embargo, la realidad es que hay muchos jubilados que, al no estar obligados a presentar la declaración por no haber superado un límite de ingresos en el ejercicio económico anterior, han perdido la oportunidad de recibir ese dinero por cotizaciones indebidas.
¿Existe algún nuevo periodo que no haya prescrito para conseguir la devolución del IRPF?
Sí, sí que existe un nuevo periodo por el que se puede conseguir reclamar el dinero. Es el periodo no prescrito de 2020-2023, como apuntan desde elEconomista, a través del formulario habilitado en la Sede Electrónica de Hacienda. Esta es la vía en la que las personas que no han conseguido obtener la devolución en la última campaña de la Renta pueden obtenerlo.
Lo que sí deben tener en cuenta es que Hacienda no devuelve de oficio estas cantidades. La mencionada sentencia expresamente apunta a que sean los interesados o perjudicados quienes reclamen las cuantías.
¿Qué pensionistas podían reclamar a Hacienda la devolución del IRPF?
Como recoge la sentencia del Supremo del pasado abril de 2023, este tribunal ha obligado a Hacienda a devolver el importe correspondiente por cotizaciones indebidas de aquellos trabajadores que cotizaron en las mutualidades antiguas durante el periodo 1967-1978.
Tal y como puede comprobarse, y como confirman algunos afectado a Noticias Trabajo, si debían haber hecho aportaciones para la pensión de jubilación del 75% del IRPF, el Fisco cometió un error y terminaron cotizando al 100%. Así, que ese extra del 25% es los que deben recibir los afectados por los años no prescritos. La cuantía suele oscilar entre los 3.000 y los 4.000 euros.

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