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La Agencia Tributaria, tras una sentencia del Tribunal Supremo, tiene la obligación de devolver a determinados pensionistas mutualistas las cotizaciones indebidas que se les aplicaron durante el periodo de 2019 a 2022, periodo que no ha prescrito y que todavía se puede reclamar. Debido a esto, son 126 millones de euros lo que ha pagado Hacienda, y, por tanto, ha dejado de ingresar, debido a estas devoluciones extraordinarias.
Esta obligación se produce después de que el Alto Tribunal le diera la razón a un jubilado del sector bancario que, como informa Europa Press, pedía que parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó entre 1969 y 1979 a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPS). Es decir, en la declaración de la Renta.
Tras esto, miles de jubilados mutualistas comenzaron a reclamar la devolución por este exceso de cotización y la administración, este 2024, habilitó un formulario de reclamación en la propia Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para facilitar la misma. Así pues, son muchos pensionistas las que lo han solicitado y, según el avance de recaudación, unos 126 millones de euros del Fisco han ido a parar a estas devoluciones, tras la revisión de las declaraciones de los últimos años de estos mutualistas.
Esto también se está aplicando en la Campaña de la Renta en curso, perteneciente al ejercicio de 2023. Y, según el mismo avance, las devoluciones realizadas hasta abril ha supuesto el desembolso de 124 millones de euros, en términos diferenciales respecto al año anterior. La mayoría de estas devoluciones corresponden a recursos interpuestos a años anteriores, aunque no se incluyen las reclamaciones efectuadas a través del citado formulario durante el pasado mes de mayo.
Mutualistas beneficiarios de la devolución de Hacienda
Según cálculos del sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), unos 4,8 millones de pensionistas de mutualidades pueden beneficiarse de las sentencias del Tribunal Supremo y reducir los rendimientos del trabajo por la parte de sus pensiones de jubilación o invalidez que derivan de las aportaciones que no pudieron reducir en la base imponible del IRPF, por la normativa vigente en su día.
Cabe señalar que la Agencia Tributaria ha tenido algunas dificultades para recopilar los datos de determinados mutualistas, lo que está retrasando la devolución a ciertos pensionistas.
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