
Las personas trabajadoras fijas discontinuas pueden acceder al subsidio para mayores de 52 años del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Así, durante los periodos de inactividad pueden acceder a esta prestación económica siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos.
Hasta hace dos años, los fijos discontinuos no podían acceder al subsidio para mayores de 52 años, pero con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo de 2022, en su disposición final sexta, se modificó el artículo 277 de la Ley General de la Seguridad Social, que impedía el acceso al subsidio a estos trabajadores.
Así, los trabajadores fijos discontinuos ya sí pueden acceder al subsidio para desempleados mayores de 52 años. Esta prestación ofrece una serie de ventajas con respecto a otros subsidios, como que se cobra hasta encontrar empleo o llegar a la edad de jubilación, además de cotizar para la pensión por una base equivalente al 125% de la base mínima vigente.
Requisitos para cobrar el subsidio para mayores de 52 años siendo fijo discontinuo
Para acceder a esta prestación, es necesario tener al menos 52 años, estar desempleado e inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes antes de la solicitud. Además, no se deben tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que son 850,5 euros.
Por otro lado, hay que cumplir con todos los requisitos, excepto la edad, para recibir una pensión contributiva de jubilación. Es decir, tener cotizados al menos 15 años para la jubilación, con al menos dos años dentro de los últimos 15 años.
Además, de esos 15 años, hay que tener cotizados 6 años por desempleo. Cotiza por desempleo todos los trabajos desempeñados como empleado bajo el Régimen General de la Seguridad Social, el Sistema Especial Agrario, el Régimen de Trabajadores del Mar, así como en contratos de formación.
Cuánto y cómo se cobra el subsidio
La cuantía del subsidio para mayores de 52 años equivale al 80% del IPREM, que son 480 euros al mes y se cobra a mes vencido entre los días 10 y 15 de cada mes.
En cuanto a cómo se cobra, primero es necesario agotar la prestación contributiva por desempleo a la que se tuviera derecho, por ser más beneficiosa. Tras agotar esta se puede solicitar la ayuda para mayores de 52 años.
Además, se puede compatibilizar con un trabajo con contrato indefinido o temporal, siempre que la duración sea superior a 3 meses y a jornada completa. Es decir, que si el trabajo es a jornada parcial no es posible tal y como explican desde el Servicio Público de Empleo Estatal.
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