
Las personas que firmaron la hipoteca para la compra de una vivienda antes de junio 2019 deben saber que aún pueden reclamar al banco los gastos de la misma si le fueron cobrados de forma indebida. Y es que el Tribunal Supremo se puso de parte de los hipotecados el pasado 14 de junio, para reconocer que el plazo para poder reclamarlos continua vigente.
La justicia consideró en una sentencia que el tiempo para que el plazo de reclamación prescriba variará según el caso. Empezará a contar a partir del momento en que la cláusula de la hipoteca en la que se hace referencia a los mismos sea declarada nula. Será en este momento cuando el hipotecado realmente conozca que estos gastos le fueron cobrados de forma indebida.
De este modo, se abre la puerta a que las personas que pagaron en sus hipotecas gastos en concepto de notaría, Registro de la Propiedad, gestoría y comisión de apertura. De este modo podrán recuperar cantidades que pueden alcanzar entre 1.500 y los 3.000 euros.
Cómo revisar si el banco cobró gastos en la hipoteca de forma indebida
Lo primero que hay que tener en cuenta es que esta práctica se llevaba a cabo antes del 26 de junio de 2019. A partir de esa fecha entró en vigor la Ley de Crédito Inmobiliario en la que se estableció que serían los bancos los que se tendrían que hacer cargo de dichos gastos.
Si se tiene una hipoteca firmada antes de dicha fecha, habrá entonces que revisar si se hicieron pagos por alguno de los conceptos antes señalados. Para ello podrán buscar dentro de la escritura de la hipoteca la cláusula en la que haga referencia a dichos gastos.
En el caso de no disponer de la escritura, se puede solicitar una copia en la notaria en la que se firmó la misma.
Cómo reclamar al banco los gastos de la hipoteca
Una vez que se ha comprobado que se hicieron pagos en esos conceptos, habrá que proceder a poner una reclamación en el banco.
Dependiendo del banco, el proceso puede variar en sus pasos, pero en todos será necesario presentar la siguiente documentación:
- Escrito de reclamación
- Copia de la escritura de la hipoteca
- Justificantes de haber realizado los pagos (por ejemplo las facturas)
- Copia de los DNI de todos los hipotecados
Una vez que se presenta la reclamación, el banco tendrá dos meses para responder a sus clientes. En el caso de que en este plazo no se reciba ningún tipo de respuesta, se considera como denegada la solitud, y habrá que proceder entonces a poner una reclamación vía judicial, para lo que serán necesarios los servicios de un abogado y procurador.

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