Siempre que un trabajador que forme parte del sector público, es decir, que trabaje como funcionario del Estado, cuando sufra un accidente o enfermedad, de carácter laboral o no, tiene derecho a cogerse la baja médica. En la sanidad pública es lo que se conoce como prestación por incapacidad temporal, pero en la Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado corresponde con el subsidio por incapacidad temporal de Muface.
Como ocurre con cualquier tipo de ayuda, la persona tiene que demostrar que cumple con unos requisitos que le permite acceder a ella. A efectos prácticos, la baja médica será la misma que la de la Seguridad Social, aunque con ciertas diferencias de lo que se cobra y de la duración de la misma. ¿Podrá este subsidio derivar en una pensión de jubilación por incapacidad permanente?
Requisitos para pedir el subsidio por incapacidad temporal siendo funcionario
Los requisitos para que los funcionarios y familiares adscritos a Muface varían en función del tipo de accidente o enfermedad, es decir, si son provocados en el ámbito laboral o fuera de él.
Si los motivos son por enfermedad común o accidente no laboral, el beneficiario del subsidio tiene que haber cotizado durante un mínimo de seis meses en el Régimen Especial de Funcionarios Civiles del Estado (REFCE). Cuando la causa sí sea laboral, no es necesario demostrar ningún periodo mínimo de cotización.
Duración y cuantía del subsidio por incapacidad temporal de Muface en 2023
Mientras que el de la Seguridad Social puede cobrarse durante 365 días, ampliable otros 180 días más en espera de mejoría; Muface permite su cobro durante 545 días y se puede extender 180 más (siempre en caso de que los médicos de la mutualidad prevean una mejora).
Así, los trabajadores civiles públicos pueden recibirlo durante un total de 730 días. Puede finalizarse antes siempre que se llegue a la edad de jubilación o el tribunal médico compruebe que la persona ya no está incapacitada.
Poniendo el foco en la cuantía, los primeros 90 días cobran lo mismo que los trabajadores del sector privado:
- Si la enfermedad o accidente se ha dado en el trabajo: cobrarás el 75% de la base reguladora de la nómina. Comenzarás a cobrarlo desde el día siguiente de tu baja laboral.
- Si la enfermedad o accidente no tiene nada que ver con tu trabajo: cobrarás desde el día 4 hasta el día 20 que hayas estado de baja el 60% de tu base reguladora. En caso de que sigas de baja, a partir del día 21 cobran el 75%.
Desde el día 91, se cobrará de Muface. Tiene un complemento extra por cada hijo a cargo. Es posible hacer el cálculo de la cuantía por alguna de estas dos formas:
- El 80% de la suma de sueldo, trienio y grado (del tercer mes de licencia).
- El 75% de las retribuciones complementarias (del tercer mes de licencia).
¿Cómo puede solicitarse la baja médica de los funcionarios?
Los tres primeros meses son gestionados por la Seguridad Social. A partir del día 91 deben solicitarlo a Muface por alguna de las siguientes vías:
- En la Sede Electrónica del organismo.
- En la unidad de personal del área en el que trabajas.
- Por correo postal, rellenando el formulario de solicitud disponible en la web.
- Edificios de registro.
- Oficinas de Muface.
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